Test de Letrado/a Corporativo/a — OPE Osakidetza 2026
Por Equipo de ApruebaTuOPE · Revisado el · cómo elaboramos las explicaciones
Batería oficial del temario específico: cada pregunta con su explicación opción por opción y su fuente en la bibliografía.
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Plazas de la convocatoria
La categoría de Letrado/a Corporativo/a oferta 7 plazas en la Fase 2 de la OPE 2023-2024-2025 de Osakidetza, convocada por la Resolución 878/2026 (bases específicas en el BOPV). Requisito de acceso: Licenciatura en Derecho o equivalente, conforme al Decreto 186/2005. Fuente: Resolución 878/2026 — BOPV. Comprueba plazas, temario y fechas en las bases de tu convocatoria.
Fecha, sede y novedades de tu proceso: la ficha del proceso en el portal de empleo, con cada publicación oficial.
Preguntas de Letrado/a Corporativo/a con respuesta explicada
Pregunta 1
No corresponde al orden contencioso-administrativo:
- A) El control de la potestad reglamentaria.
- B) El control de la legalidad de la actuación administrativa.
- ✅ C) Las cuestiones atribuidas a los órdenes civil, penal y social.
- D) La responsabilidad patrimonial de la Administración.
Respuesta correcta: C) Las cuestiones atribuidas a los órdenes civil, penal y social.
Explicación: Conforme al art. 3.a) LJCA, no corresponden al orden contencioso-administrativo las cuestiones expresamente atribuidas a los órdenes civil, penal y social. El control de la potestad reglamentaria, de la legalidad administrativa y la responsabilidad patrimonial sí son propios de este orden (art. 1 y 2 LJCA).
Por qué cada opción:
- A) El control de la potestad reglamentaria sí corresponde al orden contencioso-administrativo (art. 1 LJCA).
- B) El control de la legalidad de la actuación administrativa es competencia propia del orden contencioso-administrativo.
- C) Correcta: las cuestiones atribuidas a los órdenes civil, penal y social quedan excluidas (art. 3 LJCA).
- D) La responsabilidad patrimonial de la Administración sí corresponde al orden contencioso-administrativo (art. 2.e LJCA).
Fuentes de la pregunta:
- Ley 29/1998 - Jurisdicción Contencioso-administrativa — Materias excluidas del orden contencioso-administrativo (Ley 29/1998).
Pregunta 2
De conformidad con el Código Civil la autocuratela:
- A) Se produce cuando una persona mayor de edad o menor emancipada, en previsión de la concurrencia de circunstancias que puedan dificultarle el ejercicio de su capacidad propone a la administración competente que designe con antelación una persona para el ejercicio de la función de curador.
- ✅ B) Puede tener lugar cuando una persona mayor de edad o menor emancipada, en previsión de la concurrencia de circunstancias que puedan dificultarle el ejercicio de su capacidad propone en escritura pública el nombramiento de una persona para el ejercicio de la función de curador.
- C) Se produce cuando una persona mayor de edad o menor emancipada, en previsión de la concurrencia de circunstancias que puedan dificultarle el ejercicio de su capacidad propone a la autoridad judicial competente que designe con antelación una persona para el ejercicio de la función de curador
- D) Tiene lugar cuando la persona mayor de edad o menor emancipada se nombra a sí mismo curador.
Respuesta correcta: B) Puede tener lugar cuando una persona mayor de edad o menor emancipada, en previsión de la concurrencia de circunstancias que puedan dificultarle el ejercicio de su capacidad propone en escritura pública el nombramiento de una persona para el ejercicio de la función de curador.
Explicación: Según el art. 271 CC, cualquier persona mayor de edad o menor emancipada, en previsión de circunstancias que dificulten el ejercicio de su capacidad, podrá proponer en escritura pública el nombramiento o la exclusión de personas para el ejercicio de la función de curador.
Por qué cada opción:
- A) Incorrecta: no se propone a la administración; la autocuratela se formaliza en escritura pública.
- B) Correcta: reproduce el art. 271 CC, exigiendo la forma de escritura pública para la autocuratela.
- C) Incorrecta: no se propone que la autoridad judicial designe; la persona dispone por escritura pública, sin perjuicio del posterior control judicial.
- D) Incorrecta: la persona no se nombra a sí misma curador; propone a un tercero.
Fuentes de la pregunta:
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 - Código Civil — Medidas de apoyo, curatela y defensor judicial reguladas en el Código Civil.
Pregunta 3
Presentada la solicitud de iniciación del expediente, de conformidad con la Ley de Jurisdicción Voluntaria:
- A) Compete exclusivamente al Letrado de la Administración de Justicia dictar decreto archivando el expediente cuando no resulte admisible, previa audiencia del Ministerio Fiscal.
- B) Compete exclusivamente al Juez dictar decreto archivando el expediente cuando no resulte admisible.
- ✅ C) Compete tanto al Letrado de la Administración de Justicia como al juez dictar decreto archivando el expediente cuando no resulte admisible.
- D) Compete al Letrado de la Administración de Justicia dictar decreto archivando el expediente solo cuando a instancia de parte se le haya requerido examinar si cumple las normas en materia de competencia objetiva y territorial.
Respuesta correcta: C) Compete tanto al Letrado de la Administración de Justicia como al juez dictar decreto archivando el expediente cuando no resulte admisible.
Explicación: Presentada la solicitud, compete al Letrado de la Administración de Justicia o al juez, cuando este sea competente, acordar lo que proceda sobre la admisibilidad. La inadmisión no se resuelve mediante decreto del juez ni es exclusiva del LAJ en todo caso.
Por qué cada opción:
- A) Incorrecta: no es exclusivo del LAJ, también puede corresponder al juez cuando sea competente.
- B) Incorrecta: el juez no dicta decreto; los decretos los dicta el Letrado de la Administración de Justicia.
- C) Correcta: la competencia se reparte entre el LAJ y el juez cuando este sea competente, acordando lo que proceda.
- D) Incorrecta: existe una respuesta correcta (la c).
Fuentes de la pregunta:
- Ley 15/2015 - Jurisdicción Voluntaria — Ley 15/2015: admisión e inadmisión del expediente por LAJ o Juez.
Pregunta 4
En el seno del Sistema Nacional de Salud se plantea la aprobación de un plan integral de salud orientado al abordaje de una patología concreta, incluyendo actuaciones coordinadas en prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación en todo el territorio. En relación con este supuesto, señale la afirmación correcta:
- A) La actuación no es conforme a Derecho, ya que la Ley no prevé instrumentos específicos para abordar patologías concretas de forma integral.
- ✅ B) La actuación es conforme a Derecho, ya que la Ley prevé la elaboración de planes integrales de salud para patologías concretas.
- C) La actuación es conforme a Derecho solo si dichos planes tienen carácter exclusivamente autonómico.
- D) La actuación solo sería conforme a Derecho si se limita a actuaciones asistenciales.
Respuesta correcta: B) La actuación es conforme a Derecho, ya que la Ley prevé la elaboración de planes integrales de salud para patologías concretas.
Explicación: Conforme a la Ley 16/2003 de cohesión y calidad del SNS (art. 64), el Ministerio, en coordinación con las CCAA, elaborará planes integrales de salud sobre patologías concretas, con actuaciones coordinadas en prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación. La actuación es plenamente conforme a Derecho.
Por qué cada opción:
- A) Falsa: la Ley sí prevé expresamente instrumentos específicos, los planes integrales de salud para patologías concretas.
- B) Correcta: la Ley de cohesión y calidad del SNS prevé la elaboración de planes integrales de salud para patologías concretas.
- C) Falsa: los planes integrales tienen alcance en todo el SNS y se elaboran de forma coordinada, no exclusivamente autonómica.
- D) Falsa: los planes integrales abarcan prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, no solo actuaciones asistenciales.
Fuentes de la pregunta:
- Ley 16/2003 - Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud — Ley 16/2003 de cohesión y calidad del SNS: planes integrales de salud.
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Qué entra en el examen de Letrado/a Corporativo/a
Letrado/a Corporativo/a es una de las 41 categorías oficiales de la Fase II de la OPE Osakidetza 2023-2024-2025. La Resolución 878/2026 convoca 7 plazas de turno libre y exige licenciatura en Derecho o equivalente. Aquí puedes practicar las 500 preguntas de la batería específica publicada por Osakidetza.
- Derecho constitucional y derechos fundamentales
- Organización institucional del País Vasco
- Derecho administrativo y procedimiento común
- Contratación del sector público
- Empleo público y personal estatutario
- Ordenación sanitaria y organización de Osakidetza
- Protección de datos, transparencia y buen gobierno
- Derecho procesal y jurisdiccional
Otras categorías de la Fase 2 con batería oficial
- Test de Bibliotecario/a
- Test de Técnico/a Medio de Administración y Gestión
- Test de Técnico/a Superior Económico/a
- Test de Técnico/a Superior en Prevención, Ergonomía y Psicosociología
- Test de Técnico/a Superior Prevención, Seguridad e Higiene
Preguntas frecuentes
¿Cuántas preguntas tiene Letrado/a Corporativo/a?
La batería específica publicada por Osakidetza contiene 500 preguntas, disponibles para practicar con respuestas explicadas.
¿Cuántas plazas se convocan?
La Resolución 878/2026 convoca 7 plazas, todas por turno libre.
¿Qué titulación se exige?
Las bases específicas exigen licenciatura en Derecho o una titulación equivalente, conforme al Decreto 186/2005.
¿Cuándo es el examen?
El examen de Letrado/a Corporativo/a es el sábado 21 de noviembre de 2026 a las 9:30 en el Aulario Las Nieves (Vitoria-Gasteiz), según el calendario que Osakidetza publicó el 10 de septiembre de 2026. El aula y el llamamiento de cada aspirante los fija el PDF oficial del portal de la OPE.
¿Cuándo y dónde salen las respuestas del examen de Letrado/a Corporativo/a?
Osakidetza las publica en su portal de selección, hh-sp.osakidetza.eus: el cuestionario y la hoja de respuestas, en la ficha de Letrado/a Corporativo/a. Para abrir esos PDF hay que entrar en el área privada con certificado digital, DNIe o Cl@ve. En la Fase I los colgó entre el día de cada examen y el 23 de junio (los exámenes fueron del 19 al 21); el de Letrado/a Corporativo/a es el sábado 21 de noviembre de 2026. Hasta entonces, practica la batería oficial con cada respuesta explicada.