BOPV nº 60 · 2021-03-25 · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad
RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se convocan ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género para el ejercicio 2021.
El Decreto 40/2018, de 27 de marzo, (Boletín Oficial del País Vasco n.º 67 de 9 de abril de 2018), regula las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género. De conformidad a lo establecido en el artículo 12 del citado Decreto, procede convocar las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género para el ejercicio 2021. El Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, dentro de las facultades que le confiere la Ley 5/2008, de 9 de junio, de creación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en su artículo 10 b), adoptó el acuerdo, en sesión celebrada el día 16 de febrero de 2021, de proponer al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo activar la convocatoria de las ayudas, aprobando los criterios básicos para su otorgamiento. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2021, las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género, previstas en el Decreto 40/2018, de 27 de marzo. Artículo 2 Dotación económica. El importe global de la dotación económica destinada a la presente convocatoria será de 250.000 euros. La dotación económica destinada para cada una de las fases subvencionables es la siguiente: a) Realización del Diagnóstico Participativo de Género y elaboración del Plan de Acción Estratégico pro-equidad de Género: 84.000 euros. b). Elaboración del Plan de Acción Estratégico pro-equidad de Género: 32.000 euros. c) Implementación del Plan de Acción Estratégico pro-equidad de Género y su evaluación: 120.000 euros. d) Evaluación de la implementación del Plan de Acción Estratégico pro-equidad de Género: 14.000 euros. Artículo 3 Modo y plazo de presentación de solicitudes. La solicitud deberá presentarse por medios electrónicos en la sede electrónica www.euskadi.eus apartado ayudas y subvenciones, o a través de la página web www.elankidetza.euskadi.eus en el apartado convocatorias. Las especificaciones de cómo tramitar las solicitudes, declaraciones responsables, y documentación a aportar, estarán disponibles en la citada sede electrónica www.euskadi.eus apartado ayudas y subvenciones, y en la página web www.elankidetza.euskadi.eus en el apartado convocatorias. La solicitud se realizará mediante una instancia normalizada, debidamente cumplimentada, disponible en la sede electrónica y página web señalada en el apartado anterior. Los trámites posteriores a la solicitud por canal electrónico se realizarán a través de www.euskadi.eus/micarpeta o a través de www.elankidetza.euskadi.eus en el apartado de las convocatorias. La presentación de la solicitud conllevará la autorización de la entidad solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, Reglamen