BOPV nº 198 ·

RESOLUCIÓN 94/2026, de 30 de septiembre, del director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito con el Ilustre Colegio Notarial del País Vasco, para el tratamiento de datos inmobiliarios.

OTRAS DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO 4331 RESOLUCIÓN 94/2026, de 30 de septiembre, del director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito con el Ilustre Colegio Notarial del País Vasco, para el tratamiento de datos inmobiliarios. Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio de colaboración referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO: Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito con el Ilustre Colegio Notarial del País Vasco, para el tratamiento de datos inmobiliarios, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 30 de septiembre de 2026. El director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 94/2026, DE 30 DE SEPTIEMBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y EL ILUSTRE COLEGIO NOTARIAL DEL PAÍS VASCO PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS INMOBILIARIOS REUNIDOS: De una parte, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, representada por D. Denis Itxaso González, consejero de Vivienda y Agenda Urbana. Y, de otra parte, el Ilustre Colegio Notarial del País Vasco, representado por su decano D. Angel Félix Nanclares Valle. COMPARECEN: El primero, en calidad de consejero de Vivienda y Agenda Urbana de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en virtud del Decreto 27/2024, de 24 de junio, del lehendakari, de nombramiento del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, en ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno. Y el segundo, en su calidad de decano del Iltre. Colegio Notarial del País Vasco (en adelante, Colegio Notarial), en representación del mismo y en ejecución del acuerdo de su Junta Directiva de 25 de marzo de 2025, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 314 del Reglamento Notarial el decano ostenta la representación del Colegio. Ambos comparecientes se reconocen capacidad legal suficiente y necesaria para otorgar el presente convenio, y a tal efecto EXPONEN: Primero.– El Estatuto de Autonomía del País Vasco determina en su artículo 10.31 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de ordenación de territorio y del litoral, urbanismo y vivienda. La Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda, en su artículo 10 establece que el Gobierno Vasco, los Territorios Históricos y las Entidades Locales de carácter territorial, a través de sus órganos correspondientes, ostentarán competencias y responsabilidades en materia de vivienda en los términos de la presente Ley, así como de la normativa que les resulte aplicable. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus