BOPV nº 196 · · Educación

ORDEN de 22 de septiembre de 2026, de la consejera de Educación, por la que se autoriza la apertura y puesta en funcionamiento de la Escuela de Música Privada «Arteta Musika Eskola», en el municipio de Barakaldo (Bizkaia).

En resumen

Resumen generado con IA ·

Autoriza desde el 1 de septiembre de 2026 la apertura de la escuela de música privada «Arteta Musika Eskola» en Barakaldo, con niveles 1 a 4 y especialidades de canto e instrumentos de cuerda, viento madera, teclado y percusión.

Examinada la solicitud presentada por Susana Arteta Rosales, de autorización para la apertura y puesta en funcionamiento de una Escuela de Música Privada en el municipio de Barakaldo (Bizkaia). Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Visto el Decreto 64/2024, de 21 de mayo, de las escuelas de música y danza de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la Ley 17/2023, de 21 de diciembre, de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y demás legislación vigente aplicable en la materia, RESUELVO : Primero Autorizar, a partir del 1 de septiembre de 2026, la apertura y puesta en funcionamiento de la Escuela de Música Privada «Arteta Musika Eskola» en el municipio de Barakaldo (Bizkaia), quedando a partir de ese momento inscrita en el Registro de Centros Docentes no universitarios del Departamento de Educación con los siguientes datos registrales: Números de código: 016006 (CAPV) y 48020227 (universal). Denominación genérica: Escuela de Música Privada (EMPR). Denominación específica: «Arteta Musika Eskola». Titular: Susana Arteta Rosales. Domicilio: calle Arauti, 2 bajo. Municipio: Barakaldo. Territorio Histórico: Bizkaia. Enseñanzas autorizadas: Niveles: 1, 2, 3 y 4. Familias y especialidades: Especialidad de canto: canto, canto coral. Instrumentos de cuerda frotada: viola, violín, violonchelo. Instrumentos de viento madera: clarinete, flauta travesera. Instrumentos de teclado: teclado electrónico, piano. Instrumentos de Percusión: percusión, batería. Instrumentos de raíz tradicional vasca: pandero. Otros instrumentos y talleres: musicoterapia, lenguaje musical para mayores de 65 años; ukelele, taller de percusión tradicional. Segundo La entidad titular del centro queda obligada al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al número de puestos escolares, al equipamiento, así como a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado y demás legislación vigente aplicable, así como a solicitar la oportuna modificación de autorización, a través de su representante legal, cuando haya de alterarse cualquiera de los datos registrales del centro. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada. Tercero En toda solicitud o comunicación dirigida a la Administración educativa, en la documentación propia y en la publicidad referente al Centro, cualquiera que sea el medio por que esta se realice, la entidad titular del Centro deberá utilizar la denominación genérica seguida de la específica y su código de centro, de acuerdo con los datos obrantes en su inscripción registral. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus