BOPV nº 191 · · Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

ORDEN de 30 de septiembre de 2026, de la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, por la que se aprueban las bases y se efectúa la convocatoria del «Premio de Buenas Prácticas en Amigabilidad para las personas mayores» del año 2026.

En resumen

Resumen generado con IA ·

Aprueba las nuevas bases y convoca el Premio de Buenas Prácticas en Amigabilidad para las personas mayores de 2026, dotado con 3.000 euros y centrado en el fortalecimiento de lugares de encuentro en la comunidad; consultar el plazo en las bases.

El movimiento de amigabilidad de los entornos con las personas mayores nace promovido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 2005 en el XVIII Congreso mundial de Gerontología de Rio de Janeiro bajo el nombre de Age-Friendly Cities, fundamentándose en dos tendencias características de la población mundial: el envejecimiento demográfico y el proceso de urbanización. Se basa en la teoría que subyace bajo el paradigma del Envejecimiento Activo que se define en el año 2002 como el proceso de optimizar las oportunidades de salud, participación y seguridad a fin de mejorar la calidad de vida a medida que las personas envejecen. Según la OMS, un entorno amigable alienta la vida independiente, el envejecimiento activo y la autonomía personal mediante la optimización de las oportunidades de salud, participación y seguridad a fin de mejorar la calidad de vida de las personas. Se entiende por municipio amigable con las personas mayores, al entorno urbano integrador y accesible que fomenta un envejecimiento activo. Un municipio amigable con las personas reorganiza sus estructuras y servicios para ofrecer una óptima calidad, seguridad y confort a todas las personas independientemente de sus capacidades, fomentando de este modo su participación en todos los ámbitos de la vida social. Dentro de este marco surge el proyecto «Euskadi Lagunkoia Berria», iniciativa que promueve la participación ciudadana y del sector público, privado y social para desarrollar un movimiento de amigabilidad en el País Vasco en el fomento de entornos de vida facilitadores para las personas que envejecen. El Premio de Buenas Prácticas en Amigabilidad para las personas mayores tiene como finalidad poner en valor aquellas buenas prácticas que destaquen por su innovación y eficacia en términos de amigabilidad en la generación de entornos facilitadores para las personas mayores. Hasta la fecha, este premio se ha venido otorgando sobre el fundamento del Decreto 145/2023, de 3 de octubre, dictado conforme al régimen jurídico de subvenciones, previo a la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, reguladora del régimen de subvenciones. La entrada en vigor de esa Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones de Euskadi, ha supuesto la derogación del Título VI del Decreto Legislativo 1/1997, marco en el que se sustentaba la normativa anterior. La Disposición Final Primera de la Ley 20/2023, establece que es preceptivo adaptar las bases reguladoras de las subvenciones al nuevo marco legal considerándose como tales los premios como es el caso del Premio de Buenas Prácticas conforme al Decreto 145/2023 al nuevo régimen jurídico. El análisis previo del Decreto 145/2023, regulador del Premio de Buenas Prácticas hasta la fecha, ha llevado a la conclusión de que ha quedado derogado por aplicación de la citada Disposición Final primera de la Ley 20/2023. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus