BOPV nº 189 · · Salud

ORDEN de 22 de septiembre de 2026, del consejero de Salud, por la que se convocan ayudas económicas para desarrollar el VIII Plan sobre Adicciones de Euskadi en el ámbito local y comunitario, en el ejercicio 2026.

En resumen

Resumen generado con IA ·

Convoca ayudas para que las entidades locales desarrollen el VIII Plan sobre Adicciones de Euskadi en 2026, con un importe máximo de 1.201.328,75 euros. Cada entidad puede presentar una sola solicitud en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación.

La presente Orden se dicta en el marco de las competencias atribuidas al Departamento de Salud por el Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como por el Decreto 319/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud. En virtud de esta normativa, corresponde a la Dirección de Salud Pública y Adicciones, entre otras funciones, la definición de la política integral vasca en materia de adicciones, el impulso de actuaciones de prevención en los distintos ámbitos de intervención y el apoyo y asesoramiento a las entidades forales y locales en este ámbito. Asimismo, esta orden encuentra su fundamento en el marco normativo sustantivo integrado por la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, que atribuye a los poderes públicos vascos la responsabilidad de garantizar la tutela general de la salud y de desarrollar actuaciones orientadas a su protección y mejora; por la Ley 13/2018, de 29 de junio, de Salud Pública de Euskadi, que configura la salud pública como una función esencial del sistema sanitario y orienta la acción pública hacia la prevención, la reducción de los determinantes de riesgo y la intervención sobre los entornos sociales y comunitarios; y por la Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias, que establece un modelo integral, comunitario y multidisciplinar de abordaje de las adicciones, en el que la promoción de la salud y la prevención de adicciones se configuran como ámbitos de actuación prioritarios. En coherencia con este marco normativo y competencial, la orden se alinea con los principales instrumentos de planificación estratégica vigentes en Euskadi. En particular, se inscribe en el Plan de Salud Euskadi 2030, como marco superior de planificación del sistema sanitario, que promueve la actuación sobre los determinantes sociales de la salud, el fortalecimiento de los entornos comunitarios y la participación ciudadana desde el ámbito local, con enfoque de equidad, y en el VIII Plan sobre Adicciones de Euskadi 2023-2027, como instrumento de planificación, ordenación y coordinación de las actuaciones de las administraciones públicas vascas en materia de prevención de adicciones y reducción del daño ocasionado por estas, que establece entre sus prioridades el refuerzo del trabajo en red con los distintos niveles institucionales y el tercer sector. Ambos planes priorizan su desarrollo en el ámbito local y comunitario, como entorno más cercano a las necesidades, intereses e inquietudes de la ciudadanía y como agentes clave para desarrollar ambos planes, reforzar la acción intersectorial e impulsar el desarrollo de intervenciones comunitarias eficaces en materia de salud y prevención de las adicciones. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus