BOPV nº 187 · · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

ORDEN de 8 de septiembre de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, de corrección de errores de la Orden de 30 de julio de 2026, por la que se convocan procesos selectivos de acceso a los cuerpos y escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban sus bases específicas.

Resumen: Corrige la OPE de la Administración General publicada el 19 de agosto: en el turno de promoción interna, el acceso sin titulación exige diez años de antigüedad en la Escala Auxiliar Administrativa (no en la Administrativa), y la Escala de Semillas pasa de 3 a 2 plazas, ambas con perfil lingüístico 3.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango. Advertidos errores de dicha índole en la publicación de la Orden de 30 de abril de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos de acceso a los cuerpos y escalas de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban sus bases específicas, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 157, de 19 de agosto de 2026, se procede a su corrección. RESUELVO : Artículo único Corrección de errores. En la página 2026/3653 (10/44), en el Anexo II, Base 2.3, donde dice: No obstante, se podrá a acceder por este turno sin encontrarse en posesión de la titulación requerida, siempre que se acredite una antigüedad de diez años en la Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos. Debe decir: No obstante, se podrá a acceder por este turno sin encontrarse en posesión de la titulación requerida, siempre que se acredite una antigüedad de diez años en la Escala Auxiliar Administrativa del Cuerpo Auxiliar de Administración, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos. En la página 2026/3653 (40/44), en el Anexo VII, Base 1, donde dice: Plazas convocadas. Se convocan 3 plazas de la Escala de Semillas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución: Sin exigencia de perfil lingüístico: 1 Con exigencia de perfil lingüístico 3: 2 Debe decir: Plazas convocadas. Se convocan 2 plazas de la Escala de Semillas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución: Con exigencia de perfil lingüístico 3: 2 DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de

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