BOPV nº 175 · 2026-09-14 · Salud
RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2026, del director de Salud Pública y Adicciones, por la que se convoca el reconocimiento «Elkar Eginez» a las mejores prácticas en materia de adicciones en la Comunidad Autónoma de Euskadi 2026-2028.
La Dirección de Salud Pública y Adicciones, conforme a lo establecido en el Decreto 5/2020, de 21 de enero, de creación y determinación de reconocimientos a las mejores prácticas y a la trayectoria profesional en materia de adicciones, procede a realizar la convocatoria de la edición correspondiente a 2026-2028 del reconocimiento «Elkar Eginez» a las mejores prácticas en materia de adicciones. Por lo cual, RESUELVO : Artículo único se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de reconocimiento «Elkar Eginez» a las mejores prácticas en materia de adicciones en Euskadi 2026-2028, que figuran en el anexo. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el viceconsejero de Salud y Transformación Digital, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con los artículos 121 y siguientes de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA En lo no previsto en la presente Resolución será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 16 de julio de 2026. El director de Salud Pública y Adicciones, GUILLERMO IGNACIO HERRERO ALAÑA. ANEXO BASES DE LA CONVOCATORIA DE RECONOCIMIENTO «ELKAR EGINEZ» A LAS MEJORES PRÁCTICAS EN MATERIA DE ADICCIONES EN EUSKADI 2026-2028 Primera Objeto. El objeto de la presente convocatoria es impulsar y estimular las buenas prácticas e iniciativas y organizaciones innovadoras puestas de manifiesto por proyectos, experiencias, metodologías o servicios en las áreas de prevención, asistencia, inclusión social, formación e investigación de las adicciones. Se considera: a) buena práctica el conjunto coherente de actuaciones que hayan obtenido buenos resultados en un determinado contexto y que se prevea que, en contextos similares, puedan reproducir estos mismos resultados positivos. Debe incorporar, además, un conjunto de criterios técnicos de calidad. b) iniciativa innovadora aquella que contribuye a generar e implementar ideas, conocimientos, estructuras organizativas, actuaciones y experiencias novedosas en el campo de la prevención, asistencia, inclusión social, formación y la investigación de las adicciones. c) organización innovadora aquella que apuesta por la generación o integración de enfoques novedosos y creativos en su funcionamiento y en las actividades que realiza. Segunda Características de los reconocimientos. El jurado concederá a su criterio, a una o varias personas o colectivos, un reconocimiento y hasta tres menciones específicas. El reconocimiento consistirá en una distinción diseñada por el órgano de a