BOPV nº 175 · 2026-09-14 · HABE

RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2026, del director general de HABE, por la que se somete a información pública el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 179/2003, de 22 de julio, de regulación de la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos, y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Departamento de Cultura y Política Lingüística y HABE, como organismo autónomo adscrito al mismo, han elaborado el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 179/2003, de 22 de julio, que regula la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos y su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El proyecto ha de tramitarse conforme determina la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, y en la Orden de inicio de su procedimiento de elaboración se designó a HABE como organismo tramitador. En cumplimiento de las disposiciones de la citada ley, la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística dictó, en fecha 28 de julio de 2026, la Orden por la que se dio inicio al procedimiento para la elaboración del proyecto de Decreto, y el 13 de agosto de 2026 se acordó la aprobación previa del mismo. De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la citada Ley 6/2022, los trámites de audiencia e información pública se deben realizar siempre que se afecte de manera directa a los derechos e intereses de la ciudadanía y no concurra alguna de las causas de excepción previstas en ese artículo. A tal efecto, se somete al trámite de información pública durante un mes de plazo el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 179/2003, de 22 de julio, de regulación de la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El plazo del trámite de información pública comenzará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 28 de julio de 2026 de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se da inicio al procedimiento para la elaboración del mencionado proyecto de Decreto, RESUELVO : Primero Someter al trámite de información pública, por el periodo de un mes, el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 179/2003, de 22 de julio, de regulación de la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El plazo del trámite de información pública comenzará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Segundo A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, y para posibilitar la presentación de alegaciones, el contenido del proyecto de Decreto estará disponible en la sede central de HABE (C/Vitoria-Gasteiz, 3 Donostia-San Sebastián, 6.ª planta) y en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco, en https://www.euskadi.eu

Publicación oficial en euskadi.eus

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