BOPV nº 174 · 2026-09-11 · Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

ORDEN de 27 de agosto de 2026, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se convocan, para el ejercicio 2026, las ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Erein).

Desde el origen de la Política Agrícola Común (PAC) en 1962, esta política se ha ido adaptando progresivamente a los retos del sector y a las nuevas necesidades de la ciudadanía a través de sucesivas reformas. La última reforma de la PAC culminó en diciembre de 2021 con la aprobación de un nuevo marco normativo que establece las bases para su aplicación en el periodo 2023-2027, sin perjuicio de las posibles prórrogas que pudieran acordarse. Dicho marco se articula fundamentalmente a través de tres reglamentos europeos, desarrollados posteriormente mediante reglamentos delegados y de ejecución. En primer lugar, el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, establece las normas relativas a la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la PAC, financiados con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), derogando los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y n.º 1307/2013. En segundo lugar, el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, regula la financiación, la gestión y el seguimiento de la PAC, derogando el Reglamento (UE) n.º 1306/2013. Por último, el Reglamento (UE) 2021/2117 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, introduce diversas modificaciones en la normativa sectorial agraria, en particular en los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, n.º 1151/2012, n.º 251/2014 y n.º 228/2013, relativos a la organización común de mercados, los regímenes de calidad, las indicaciones geográficas y las medidas específicas en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea. La nueva PAC, que se aplicará de 2023 a 2027, conserva los elementos esenciales de la PAC anterior, pero pasa de ser una política basada en la descripción de los requisitos que deben cumplir las personas beneficiarias finales de las ayudas a ser una política orientada a la consecución de resultados concretos, vinculados a tres objetivos generales: fomentar un sector agrícola inteligente, competitivo, resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a largo plazo; apoyar y reforzar la protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad, y la acción por el clima y contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos de la UE, entre ellos los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de París; y fortalecer el tejido socioeconómico de las zonas rurales. Estos objetivos generales se desglosan a su vez en nueve objetivos específicos, basados en los tres pilares de la sostenibilidad y complementados con un objetivo transversal común de modernizar el sector agrario a través del conocimiento, la innovación y la digitalización en las zonas rurales. Una de las principales novedades de la PAC 2023-2027 es que todos los Estados miembros deben contar con un único Plan Estratégico en el que se recojan las intervenciones de ayuda con las que se

Publicación oficial en euskadi.eus

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