BOPV nº 172 · 2026-09-09 · Economía, Trabajo y Empleo

ORDEN de 28 de agosto de 2026, del vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se aprueban las bases para la convocatoria de ayudas extraordinarias para las empresas de economía social que hayan sufrido pérdidas económicas derivadas de la guerra en Oriente Medio, y se efectúa su convocatoria para el año 2026.

Los acontecimientos de la actual coyuntura política, social y económica han impulsado al Consejo de Gobierno a implementar medidas para detener o paliar las pérdidas sociales y económicas que la guerra en Oriente Medio está causando en nuestro territorio. En consecuencia, el 17 de marzo de 2026 el Consejo de Gobierno acordó adoptar «medidas en relación con las consecuencias económicas y sociales del conflicto de Oriente Medio». Consta en el paquete de medidas una dotación adicional por importe de 1.500.000 euros para el ejercicio 2026. La evolución del contexto económico internacional y el impacto derivado del conflicto bélico en Oriente Medio han generado importantes perjuicios económicos para las empresas de economía social, en particular para las sociedades cooperativas y las sociedades laborales. En atención a esta situación extraordinaria, y en el marco del nuevo paquete de medidas del Escudo Industrial de Euskadi aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 17 de marzo de 2026, se considera necesario habilitar esta convocatoria extraordinaria de ayudas con el fin de contribuir a paliar las pérdidas económicas sufridas por dichas entidades. Así, la Dirección de Economía Social ha articulado la presente línea de ayudas extraordinarias para las empresas de economía social que hayan sufrido pérdidas económicas derivadas de la guerra en Oriente Medio. En consecuencia, habiéndose aprobado la Ley 7/2025, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2026, comprobada la existencia de crédito presupuestario suficiente para financiar la convocatoria y oído el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, de acuerdo a las competencias que me atribuye el Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo. RESUELVO : Artículo único Aprobación de las bases y convocatoria de las ayudas. Aprobar las bases de las ayudas extraordinarias para las empresas de economía social que hayan sufrido pérdidas económicas derivadas de la guerra en Oriente Medio, para el ejercicio 2026 que se recogen en el anexo de la presente Orden y efectuar su convocatoria. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA . Normativa aplicable. Las subvenciones a que se refiere esta Orden se sujetan a lo dispuesto en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (a su vez desarrollada por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones) y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA . Recursos. Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, T

Publicación oficial en euskadi.eus

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