BOPV nº 161 · 2026-08-25 · Cultura y Política Lingüística
ORDEN de 28 de julio de 2026, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a la promoción y distribución de las artes escénicas, música, literatura y artes plásticas, así como su convocatoria para el ejercicio 2026.
El peso de la cultura es cada vez mayor en los países desarrollados. Más allá del PIB generado por la misma, la actividad cultural es foco de empleo creativo, de producto competitivo y de contextos culturales donde los y las ciudadanas pueden participar de la vida cultural o expresarse a través de sus artes, fomentando su desarrollo personal en cualquier parte del mundo. La cultura se dimensiona, no solo en términos cuantitativos, sino también en términos cualitativos, presentándose con características cada vez más deseables en el nuevo contexto mundial. La necesidad de establecer más contextos comerciales y mayores mercados, de promocionar sus productos en ámbitos físicos y digitales o de formarse en términos comerciales y de comunicación, son retos que la transformación digital ha trasladado a nuevos contextos de interactuación que conviven y siguen desarrollándose con los tradicionales. Los sectores culturales de Euskadi, en los últimos años, han generado un producto altamente competitivo, reconocido por numerosos premios a nivel internacional. Asimismo, los y las agentes culturales vascos han demostrado disponer de capacidades y aptitudes suficientes para coproducir o exportar nuestros productos a mercados internacionales. De conformidad con el artículo 6 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística, entre otras, las competencias relativas a las actividades artísticas y culturales y su difusión. Por su parte, tal como determina el artículo 12 del Decreto 389/2024, de 26 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, corresponde a la Dirección de Promoción Cultural e Industrias Culturales y Creativas el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 6 de este Decreto en las áreas de música, artes escénicas, libro, audiovisual, artes visuales e industrias culturales y creativas. La Dirección de Promoción Cultural e Industrias Culturales y Creativas del Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco quiere apostar claramente por apoyar y ayudar a las personas profesionales de la cultura, creadoras, productoras y comerciales vascas, de una manera decidida en la apertura de nuevos mercados y en el redimensionamiento de las herramientas de promoción necesarias para ello, mediante la concesión de subvenciones a los diferentes procesos que confluyen en la promoción y comercialización de las artes escénicas, la música, la literatura y las artes plásticas. Asimismo, la presente Orden está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Cultura y Política Lingüística para el período 2025-2028 y en el Plan anual de subvenciones 2026, aprobados por Orden de 17 de febrero de 202