BOPV nº 155 · 2026-08-17 · Instituto Vasco de Consumo
RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2026, de la directora de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas económicas, destinadas a las entidades locales y entidades promovidas por ellas, para la promoción y defensa de los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias, y su convocatoria para el ejercicio 2026.
El artículo 10 del Estatuto de Autonomía del País Vasco establece que la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene competencia exclusiva en materia de defensa de las personas consumidoras y usuarias. Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, creado por Ley 9/2007, tiene por objetivo definir, planificar, impulsar y ejecutar las políticas del Gobierno Vasco en materia de defensa y protección de las personas consumidoras y usuarias, y se recoge, entre sus funciones, en el artículo 4.1.j): «Cooperar con las administraciones locales que ejerzan competencias en materia de consumo, potenciar el despliegue de las oficinas municipales de información del consumidor, asesorarles en todo lo que sea necesario para el mejor ejercicio de las funciones, y suscribir convenios de colaboración para compartir la dotación de las mejores técnicas y materiales para el cumplimiento de sus finalidades». Por su parte, la Ley 4/2023 de Estatuto de las personas consumidoras y usuarias, en su artículo 54, establece que Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo promoverá la creación de oficinas y servicios de atención e información a las personas consumidoras y usuarias municipales. El artículo 6 de la Ley 4/2023, reconoce a los ayuntamientos competencias en materia de protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias, competencias que se desarrollan a través de las Oficinas Municipales de Información a las Personas Consumidoras y Usuarias cuando los ayuntamientos, en ejercicio de su potestad de autoorganización, se doten de ellas. En la misma dirección, el artículo 17.1.11) de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, reconoce expresamente como competencia propia de los municipios la ordenación y gestión de la defensa y protección de las personas usuarias y consumidoras, en garantía del principio de autonomía local. Por ello, el ejercicio 2026 se configura como un año de transición para avanzar hacia un modelo más amplio, integrado y colaborativo de trabajo en red entre KontsumobideInstituto Vasco de Consumo y las entidades locales. Más allá del mantenimiento del sistema de convocatorias vigente, el objetivo estratégico es fortalecer la articulación de una red coordinada de oficinas de información a las personas consumidoras, en línea con lo previsto en el artículo 54 de la Ley 4/2023. Este artículo establece que Kontsumobide debe promover la creación de oficinas municipales o asociativas, apoyar técnicamente su implantación y, sobre todo, coordinar su actividad para mejorar la eficacia del servicio público. En este marco, se impulsa un modelo que garantice: Mayor proximidad a las personas consumidoras, asegurando la existencia de oficinas en municipios de más de 15.000 habitantes, ya sea de forma directa o mancomunada. Funcionamiento en red de todas las oficinas, públicas y privadas, para facilitar la circulación ágil de la información, evitar duplicidades en la tramitación de reclamaciones y reforzar la capacidad de detección de problemas de