BOPV nº 151 · 2026-08-11 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

RESOLUCIÓN 76/2026, de 31 de julio, del director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de encomienda de gestión entre Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo y el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), para la realización de cursos de capacitación lingüística en euskera dirigidos a personas desempleadas y ocupadas que participen en acciones formativas programadas o autorizadas por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo para el año 2026.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 14 de julio, el Acuerdo de encomienda de gestión entre Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo y el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), para la realización de cursos de capacitación lingüística en euskera dirigidos a personas desempleadas y ocupadas que participen en acciones formativas programadas o autorizadas por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo para el año 2026 y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de encomienda de gestión entre Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo y el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), para la realización de cursos de capacitación lingüística en euskera dirigidos a personas desempleadas y ocupadas que participen en acciones formativas programadas o autorizadas por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo para el año 2026, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 31 de julio de 2026. El director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 76/2026, DE 31 DE JULIO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN 2026 ENTRE LANBIDE-SERVICIO PÚBLICO VASCO DE EMPLEO Y EL INSTITUTO DE ALFABETIZACIÓN Y REEUSKALDUNIZACIÓN DE ADULTOS (HABE) PARA LA REALIZACIÓN DE CURSOS DE CAPACITACIÓN LINGÜÍSTICA EN EUSKERA DIRIGIDOS A PERSONAS DESEMPLEADAS Y OCUPADAS QUE PARTICIPEN EN ACCIONES FORMATIVAS PROGRAMADAS O AUTORIZADAS POR LANBIDE-SERVICIO PÚBLICO VASCO DE EMPLEO De una parte, D. Francisco Pedraza Moreno, como director general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, actuará en nombre y representación de dicho ente, de conformidad con el artículo 14.1 del Decreto 93/2025, de 29 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Sociales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Y de otra, D. Jokin Azkue Arrastoa, en calidad de director general del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE). MANIFIESTAN: Primero Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, conforme a la Ley 15/2023, de 21 de diciembre, de Empleo es un ente público de derecho privado de carácter administrativo adscrito al Departamento de Economía, Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que tiene encomendadas, entre otras funciones, la gestión de los programas de empleo, formación para el empleo y de fomento del autoempleo y la creación de empresas. Dentro de la formación para el empleo se encuentra la formación dirigida a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas que quieran mejorar su empleabilidad o ampliar su currículum formativo, para el mejor desarrollo de sus expectativas profesionales. Segundo El Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se

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