BOPV nº 143 · 2026-07-29 · HABE
RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2026, del director general de HABE, por la que se establecen los niveles de competencia comunicativa acreditables con base en el Currículo Básico para la Euskaldunización de Personas Adultas (HEOC) durante el curso 2025-2026, de acuerdo con las actividades de evaluación sobre el umbral de nivel de euskaltegi, y se convoca el segundo periodo de examen 2026 para el alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje de euskera inscritos en el Registro de HABE.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación de HABE, y en los Decretos 179/2003 y 166/2019, el consejero de Cultura y Política Lingüística dictó la Orden de 9 de septiembre de 2020, sobre acreditación de la competencia comunicativa en euskera de los ciudadanos adultos, por la que se establecen los procedimientos para la obtención de los certificados de los niveles de competencia comunicativa en euskera establecidos en el HEOC. La Orden de 9 de septiembre de 2020, mediante la tercera modificación de 25 de junio de 2026, dispone que las modalidades de acreditación serán las previstas en el artículo 22 del Decreto 19/2024, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, por lo que el alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje del euskera podrán obtener, además de los certificados simétricos correspondientes a los seis niveles de competencia existentes hasta la fecha (A1, A2, B1, B2, C1, C2), certificados asimétricos (A2B1, B1B2, B2C1, C2C1) y certificados parciales (de competencia escrita B1, B2, C1, C2 y competencia oral B1, B2, C1, C2). Asimismo, la Orden establece los criterios para las convocatorias de subvenciones dirigidas a estudiantes adultos de euskera. Igualmente, se establece que podrá obtener certificados bien mediante actividades de evaluación del grado de dominio en el uso del euskera durante el aprendizaje o mediante exámenes específicos convocados por HABE. Estando iniciado ya el curso 2025-2026, procede establecer las bases para que el alumnado de los euskaltegis pueda acreditar el grado de competencia y dominio en el uso del euskera. Asimismo, procede determinar los niveles que el alumnado de los euskaltegis y de los centros homologados de autoaprendizaje del euskera podrán acreditar mediante convocatorias específicas de exámenes en el ejercicio 2026, y realizar a dicho efecto la correspondiente convocatoria. Por todo ello, RESUELVO : Primero Aprobar las bases de las actividades de evaluación del grado de dominio en el uso del euskera de los niveles de competencia comunicativa A1 y A2 del HEOC realizadas por el alumnado de los euskaltegis y centros homologados para el autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE, en el curso 2025-2026, conforme a las características y condiciones especificadas en los anexos I y III de esta Resolución. Segundo Convocar el segundo periodo de examen de 2026 para que el alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje de euskera inscritos en el Registro de HABE pueda acreditar, basándose en el HEOC, los niveles de competencia simétricos B1, B2, C1 y C2, los niveles asimétricos A2B1, B1B2, B2C1 y C2C1, así como los niveles parciales de competencia escrita B1, B2, C1 y C2 y oral B1, B2, C1 y C2, de acuerdo con las bases y criterios contenidos en los anexos II y III de la presente Resolución. Tercero Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la ví