BOPV nº 142 · 2026-07-28 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

ORDEN de 8 de junio de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la fundación denominada Fundación Juan Luis Goenaga Fundazioa.

Con fecha de 10 de octubre de 2025, tuvo entrada en el Registro de Fundaciones del País Vasco solicitud de inscripción de la constitución de la fundación denominada Fundación Juan Luis Goenaga Fundazioa. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente administrativo. Los fundadores de la Fundación Juan Luis Goenaga Fundazioa, tal y como refiere el artículo 13 de sus estatutos, son Ruth Barbara Goenaga Bilbao y Telmo Elías Goenaga Bilbao. El artículo 5 de los estatutos establece los fines fundacionales, con el siguiente tenor literal: Establecimiento de un centro para el análisis y estudio de los archivos propiedad de D. Juan Luis Goenaga, comprendiendo tanto los de propiedad intelectual del primero como los fondos artísticos de propiedad común de los fundadores. A estos efectos, la fundación formalizará un contrato en los términos necesarios con los citados propietarios. Colaborar al mantenimiento, conservación y promoción del legado de la obra de arte del artista y su legado documental e inmaterial, sito en Alkiza (Gipuzkoa), donde se encuentra ubicado el mencionado Archivo y donde se conserva una importante colección de las obras realizadas por D. Juan Luis Goenaga a lo largo de su vida. Conservar, catalogar, digitalizar y gestionar el archivo artístico y documental de Juan Luis Goenaga. Potenciar la imagen de la obra artística de D. Juan Luis Goenaga mediante la celebración de conferencias, ciclos, charlas y exposiciones. Concesión de becas para el estudio de aspectos concretos de la obra del artista. Convocatoria de premios a estudios sobre la obra, actividades promotoras de la misma, actitudes personales relevantes a favor de la obra y actividades semejantes que acuerde el patronato. Publicación de las obras que pudieran resultar de los estudios y premios previstos en los apartados anteriores, así como su explotación según las bases de la correspondiente convocatoria. La dotación inicial de la Fundación consiste en una aportación no dineraria valorada en 101.600 euros. El ámbito territorial de actuación será principalmente la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. El artículo 13 de los estatutos establece que el patronato estará constituido por un número mínimo de 3 personas y un máximo de 11 personas. El patronato de la Fundación se compone inicialmente de los siguientes cargos y personas miembros, cuya designación y aceptación constan en la escritura fundacional y en la documentación adjunta aportada al expediente: Patronokide fundatzailea / Patrona Fundadora Presidentea/ Presidenta: Ruth Barbara Goenaga Bilbao. Patronokide fundatzailea / Patrono Fundador Presidenteordea / Vicepresidente: Telmo Goenaga Bilbao. Patronokidea / Patrona Idazkaria / Secretaria: María Aitzpea Goenaga Mendiola. Patronokidea / Patrono: Emiliano López Atxurra. Patronokidea / Patrono: Mikel Lertxundi Galiana. Patronokidea / Patrona: Carmen Huerta Gazapo. Este primer patronato ha sido designado por las pers

Publicación oficial en euskadi.eus

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