BOPV nº 141 · 2026-07-27 · Justicia y Derechos Humanos

DECRETO 107/2026, de 30 de junio, por el que se regulan subvenciones a proyectos, programas o actividades en materia de derechos humanos, paz y convivencia democrática.

Desde el año 1988, el Gobierno Vasco viene realizando convocatorias de subvenciones destinadas a promover proyectos, tanto de asociaciones como de municipios y de otras entidades locales vascas, relacionados primeramente con la promoción de los derechos humanos y, después, con la memoria, las víctimas o la paz y la convivencia. Durante años, estas convocatorias se han regulado al amparo del Decreto 415/2013, de 24 de septiembre, que establecía el marco de las ayudas destinadas a subvencionar proyectos en materia de recuperación de la Memoria Histórica, Paz, Convivencia y Derechos Humanos, y del Decreto 5/2016, de 26 de enero, por el que se regulaban las ayudas a asociaciones y organizaciones que promuevan la prestación de atención, solidaridad y apoyo a las víctimas del terrorismo. El 4 de mayo de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco el Decreto 57/2018, de 24 de abril, que unificaba en una sola disposición las ayudas reguladas en los decretos mencionados en el párrafo anterior. Esta integración tenía por finalidad, de acuerdo con el contexto social del momento, contribuir a crear espacios compartidos entre víctimas y sociedad incluyendo tanto las ayudas a municipios y entidades locales como a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen proyectos en materia de convivencia y derechos humanos, víctimas y sociedad y solidaridad. En definitiva, el objetivo general de esta norma se dirigía a subvencionar proyectos o iniciativas desarrolladas por asociaciones o entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi que promuevan en nuestra sociedad una cultura de convivencia y derechos humanos, basada en el fundamento de la dignidad humana, y la opción por la empatía y la solidaridad. Conforme a lo establecido en la disposición final primera de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones «Las bases reguladoras de ayudas y subvenciones de vigencia indefinida deberán adaptarse a lo dispuesto en la presente ley en el plazo de veinticuatro meses a contar desde la entrada en vigor de esta, transcurrido el cual, sin haberse materializado dicha adaptación, habrán de entenderse derogadas». En cumplimiento de esta disposición, se deroga el Decreto 57/2018, de 24 de abril, por el que se regulan las ayudas destinadas a subvencionar proyectos en materia de Convivencia y Derechos Humanos, y se dicta el presente Decreto. Además del imperativo legal que nos obliga a elaborar un nuevo decreto de ayudas adaptado a la nueva normativa autonómica vigente en materia de subvenciones, el actual contexto global, las consecuencias de la pandemia y los recientes conflictos bélicos configuran un escenario de riesgo para los derechos humanos. El desarrollo y el impacto de la tecnología y la inteligencia artificial, el cambio climático y la crisis medioambiental, la movilidad humana y las migraciones, los desplazamientos forzados y las necesidades de asilo y refugio, las crisis humanitarias, el terrorismo internacional, el auge d

Publicación oficial en euskadi.eus

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