BOPV nº 250 · · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 11 de diciembre de 2024, de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca el régimen de concesión de subvenciones, durante el ejercicio 2025, a la creación gráfica de cómics, novelas gráficas o libros ilustrados.

De conformidad al Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística las funciones y áreas de actuación relativas a actividades artísticas y culturales, y su promoción y difusión. Las referidas funciones se atribuyen en el seno del Departamento de Cultura y Política Lingüística, y a través del Decreto 389/2024, de 26 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, a la Dirección de Promoción Cultural e Industrias Culturales y Creativas. En tal sentido, dentro del ámbito de facultades que al Departamento de Cultura y Política Lingüística le vienen señaladas como áreas de actuación, y teniendo en cuenta la importancia tanto creativa como industrial que está adquiriendo el sector del comic o narrativa dibujada y el nivel creativo que han demostrado las y los profesionales de la ilustración gráfica, se ha considerado de interés el apoyo a medidas dirigidas a impulsar la creación gráfica, ya sean cómics y novelas gráficas o álbumes ilustrados. El objetivo último es el de potenciar y ayudar a la consolidación de un sector creativo actualmente en auge en nuestro país. Aunque se trata de obras con autoría múltiple, que requieren generalmente un trabajo literario y un trabajo gráfico, esta línea de ayudas se destina a la parte gráfica de la obra, atendiendo a su especial complejidad y al esfuerzo que requiere. Por su doble naturaleza de trabajos creativos y de productos industriales, esta línea de ayudas se enfoca a obras cuya publicación esté, si no asegurada, sí, al menos, encaminada. Es por tanto una línea de ayudas que pretende impulsar y sustentar la labor de los artistas gráficos, y al mismo tiempo dinamizar en Euskadi la edición de novelas gráficas y libros ilustrados. Por otro lado, de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado mediante el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, en la presente Orden se adoptan medidas específicas encaminadas a eliminar o reducir las desigualdades que existan en el ámbito de la creación cultural, así como a dar cumplimiento al VI Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres, de incrementar la presencia de mujeres en los espacios de la producción cultural y artística, en todos los ámbitos culturales y en todos los niveles. En sus anteriores ediciones, esta línea subvencional se ha sustentado en el Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2024 (PES 2021-2024) del Departamento de Cultura y Política Lingüística, aprobado mediante Orden de 18 de febrero de 2021 del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del

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