BOPV nº 81 · · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 16 de abril de 2024, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca el régimen de concesión de subvenciones, en el ejercicio 2024, para actividades musicales profesionales.

De conformidad con el Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística, entre otras, las competencias relativas a las actividades artísticas y culturales y su difusión. Por su parte, tal como determina el artículo 12 del Decreto 73/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, corresponde a la Dirección de Promoción de la Cultura el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 4 de este Decreto en las áreas de música, artes escénicas, libro, audiovisual, artes visuales e industrias culturales y creativas. Dicha Dirección, en el marco de su ámbito competencial, estima oportuna apoyar la actividad musical profesional mediante la concesión de subvenciones a proyectos de producción, promoción y difusión musical; para ello se contemplan las siguientes modalidades de ayudas: edición de partituras, producción musical y desarrollo sectorial. Por otra parte, a través de la modalidad del circuito Zuzen-Zuzenean se desea reconocer la implicación de salas musicales en el panorama de la escena musical local e incentivar en ellas la presencia de formaciones musicales locales. Asimismo, a través de la modalidad de ciclos musicales se desea estimular una oferta de programación estilística variada y estable. Con todo ello se pretende potenciar toda la cadena de valor, desde la creación hasta la exhibición y el consumo, apoyando el trabajo de los músicos y la estabilidad de las empresas y la programación, no solo desde el punto de vista cultural, sino también comercial, con objeto de que las personas profesionales de la música vean reconocida su labor y puedan ampliar mercados, creando y fidelizando nuevos públicos e incrementando la financiación y viabilidad de la actividad musical del país. Asimismo, la presente Orden está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Cultura y Política Lingüística para el período 2021-2024 aprobado por Orden de 18 de febrero de 2021, del consejero de Cultura y Política Lingüística del Consejero de Cultura y Política Lingüística, y publicados en la web del citado Departamento. En virtud de lo cual, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto, modalidades y plazo de ejecución de los proyectos. La presente Orden establece y convoca el régimen de concesión de subvenciones para actividades musicales profesionales del ejercicio 2024. Esta convocatoria contempla las siguientes modalidades de subvenciones: Capítulo II: Edición de partituras. Capítulo III: Producción musical. Capítulo IV: Desarrollo sectorial. Capítulo V: Circuito Zuzen-Zuzenean. Capítulo VI: Ciclos musicales. Los proyectos, que se subvencionen en las modalidades de edición de partituras

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Publicación oficial en euskadi.eus

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