BOPV nº 203 · · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2023, de la Directora del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos de recuperación de la memoria democrática, desarrollados por municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el año 2023.

Los poderes públicos tienen que velar por el conocimiento y el mantenimiento de la memoria como patrimonio colectivo que testimonia la lucha por las libertades y los derechos democráticos. Con esta finalidad, se tienen que adoptar las iniciativas institucionales necesarias para el reconocimiento y rehabilitación de las personas que padecieron las injusticias y violaciones de derechos humanos. En este contexto, es voluntad del Gobierno Vasco, a través del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, llevar a cabo una política pública de recuperación y conservación de la memoria y, por tanto, impulsar sus valores y principios democráticos, en los cuales se basa la convivencia de la sociedad actual. El objetivo principal es honrar y recuperar la memoria de todas las víctimas de los hechos traumáticos ocurridos en Euskadi desde 1936 a consecuencia de la Guerra Civil, la Dictadura franquista, el terrorismo de ETA y de otros grupos de extrema derecha y los GAL, así como de la violencia policial ilícita. Con ellos, la de sus familiares. Por otra parte, la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, menciona en su Exposición de Motivos que los símbolos públicos deben tener como finalidad el encuentro de los ciudadanos en paz y democracia y nunca una expresión ofensiva o de agravio. Señala, asimismo, que la incompatibilidad de la democracia española con la exaltación del alzamiento militar o el régimen dictatorial hace necesario introducir las medidas que eviten situaciones de cualquier naturaleza o actos de enaltecimiento de los mismos o sus dirigentes. En coherencia con ello, el apartado 1 del artículo 35 de dicha Ley define los elementos contrarios a la memoria democrática como las edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial. Y el apartado 3 del mismo artículo conmina a las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y territorio, a adoptar las medidas oportunas para la retirada de dichos elementos. La Ley 4/2014, de 27 de noviembre, de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, atribuye a este organismo, entre otros fines, la participación en el diseño, promoción, desarrollo y ejecución de la política pública relativa a los valores éticos y los principios democráticos que resulten sustanciales a la memoria de la lucha por la libertad, la garantía de los derechos humanos y la convivencia democrática de la sociedad vasca. Una de las herramientas de este Instituto para la consecución de est

Todo el BOPV del 24 de octubre de 2023

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV