BOPV nº 211 · 2021-10-22 · Educación
ORDEN de 14 de octubre de 2021, del Consejero de Educación, por la que se convocan plazas para la realización de cursos de inglés, francés y alemán, en el extranjero, para alumnos y alumnas de 3.º y 4.º cursos de Enseñanza Secundaria Obligatoria y de 1er y 2.º cursos de Bachillerato, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco (L3. Bilingüismo en el marco de una educación plurilingüe).
El Plan «Heziberri 2020», aprobado por el Departamento de Educación del Gobierno Vasco, responde a la idea de conjugar las líneas estratégicas de innovación y desarrollo establecidas en el marco europeo para el año 2020 con respecto a la educación y la formación, con los retos educativos propios de nuestro contexto y entorno. En dicho Plan se incluye el «Marco del modelo educativo pedagógico», proyecto que recoge las grandes líneas del modelo educativo pedagógico. Dicho proyecto supone un cambio de paradigma importante, pues parte del planteamiento de una educación basada en las competencias. Lo que caracteriza al enfoque de la pedagogía por competencias es transferir, articular y combinar los aprendizajes adquiridos, a la solución de situaciones funcionales complejas. Por tanto, el perfil general de salida definido para el alumnado, la finalidad de la Educación Básica, se logra mediante la adquisición de las competencias básicas. Entre las competencias básicas unas se definen como transversales o genéricas, necesarias para resolver problemas o enfrentarse a diferentes situaciones de la vida y otras son específicas, propias de una o varias áreas disciplinares. Una de las competencias básicas transversales es la competencia para la comunicación verbal, no verbal y digital, y entre las disciplinares, está la competencia en comunicación lingüística y literaria. El Decreto 236/2015, de 22 de diciembre, por el que se establece el currículo de Educación Básica y se implanta en la Comunidad Autónoma del País Vasco, recoge como competencia básica transversal la competencia para la comunicación verbal, no verbal y digital, entendida como la utilización complementaria de todas ellas para comunicarse de manera eficaz y adecuada en situaciones personales, sociales y académicas. Y como competencia básica disciplinar, la competencia en comunicación lingüística y literaria, cuyo objetivo es la utilización de textos orales y escritos, en euskera, castellano y en una o más lenguas extranjeras, para comunicarse de forma adecuada, eficaz y respetuosa con la diversidad lingüística, en situaciones propias de diferentes ámbitos de la vida, así como desarrollar una educación literaria que ayude a conocerse mejor a uno mismo y al mundo que le rodea. Además, en dicho Decreto se establece que el departamento competente en materia educativa promoverá la consolidación del bilingüismo en el marco de una educación plurilingüe, que contribuya a la mejora y desarrollo de los modelos lingüísticos vigentes. Para ello asegurará al euskera el tratamiento preferente necesario para compensar la desigualdad de uso social entre las dos lenguas oficiales, a fin de que el alumnado alcance al finalizar la Educación Básica, una competencia comunicativa práctica y eficaz en euskera y castellano y suficiente en la primera lengua extranjera. Todo ello sin excluir la posibilidad de adquirir conocimientos básicos en una segunda lengua extranjera en aquellos centros que así lo prevean en su Proy