BOPV nº 204 · 2021-10-13 · Lehendakaritza

LEY 4/2021, de 7 de octubre, de metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de las diputaciones forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026.

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 4/2021, de 7 de octubre, de metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de las diputaciones forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 22 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos, en su apartado octavo, establece que el Consejo Vasco de Finanzas Públicas aprobará la metodología de distribución de recursos y la determinación de las aportaciones de cada Territorio Histórico a los gastos presupuestarios de la Comunidad Autónoma con vigencia para períodos mínimos de tres años presupuestarios, salvo que concurran circunstancias excepcionales a juicio del Consejo, que aconsejen su vigencia para uno y dos ejercicios. Asimismo, dispone que el Gobierno elevará al Parlamento, para su aprobación, el correspondiente proyecto de ley que incorporará la metodología antes citada que hubiere acordado el Consejo Vasco de Finanzas Públicas. Dicho proyecto, que tendrá forma de Ley de artículo único, será aprobado con idéntico régimen que el previsto en el artículo 29 de la citada Ley 27/1983, de 25 de noviembre. En aplicación de dicho precepto, con fecha 15 de julio de 2021, el Consejo Vasco de Finanzas Públicas ha acordado en sesión extraordinaria la metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de cada territorio histórico a los gastos presupuestarios de la Comunidad Autónoma aplicable a los ejercicios 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026. La metodología aprobada para el quinquenio 2022-2026 respeta los principios básicos de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, tanto en lo que respecta a la distribución competencial en ella definida como a los principios que rigen la distribución institucional de los recursos. Con todo, la nueva metodología se diferencia de la metodología anterior en su estructura, ya que algunos de sus preceptos se han reordenado con el objetivo de identificar claramente los elementos que determinan el modelo interno de distribución vertical y horizontal de los recursos, de aquellas normas que, siendo sin ninguna duda necesarias para la correcta aplicación de la metodología, son de carácter operativo o instrumental. La primera novedad consiste en la incorporación a la ley de un capítulo, el primero, dedicado a determinar los recursos que son objeto de distribución entre las instituciones, materia que en la anterior ley se incluía en el modelo de distribución vertical. El segundo capítulo aborda el modelo de distribución vertical de recursos, y en el mismo se han actualizado aquellas deducciones que se derivan de la aplicación de la metodología de señalamiento de cupo o de acuerdos adoptados por la Comisión Mixta del Concierto Económico, considerando los compro

Publicación oficial en euskadi.eus

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