BOPV nº 197 · 2021-10-01 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2021, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se formula la declaración de impacto ambiental para el estudio informativo de la variante ferroviaria Ola-Sondika en el término municipal de Sondika (Bizkaia).
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 20 de mayo, la Dirección de Infraestructuras de Transportes del Gobierno Vasco, resolvió someter al trámite de información pública el estudio informativo de la variante ferroviaria Ola-Sondika y su estudio de impacto ambiental, conforme a lo indicado en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimarán oportunas. El anuncio correspondiente a este trámite se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 105, de 1 de junio de 2020. Una vez culminado el trámite de información pública, la Dirección de Infraestructuras del Transporte hace constar que se han recibido varias alegaciones, con el resultado que obra en el expediente. Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 37 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, la Dirección de Infraestructuras del Transporte realizó las consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con el resultado que obra en el expediente. Con fecha de 18 de junio de 2021, la Dirección de Infraestructuras del Transporte del Gobierno Vasco completó, ante la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular, la solicitud para la emisión de la declaración de impacto ambiental relativa al estudio informativo de la variante ferroviaria Ola-Sondika, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, así como en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. La solicitud contiene la siguiente documentación: Estudio Informativo de Ola-Sondika (Línea Txorierri), de fecha diciembre de 2019. Este documento incluye en su anejo 12 un estudio de impacto ambiental. Documentación relativa al resultado de la información pública efectuada. Documentación relativa al resultado del trámite de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas. Por otra parte, y en relación con el proyecto de referencia, en el marco del expediente EIAD-012, se emitió la Resolución de 22 de septiembre de 2016 de la directora de Administración Ambiental, por la que se formula el documento de alcance del estudio de impacto ambiental del proyecto de solución soterrada (ferrocarril) de acceso al aeropuerto, tramo Ola-Sondika, promovido por la Dirección de Infraestructuras del Transporte del Gobierno Vasco en el término municipal de Sondika (Bizkaia). FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, constituye el objeto de la misma establecer las bases que deben regir la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando un elevado nivel de protección ambiental con el fin de promover un desarrollo sostenible. Igualmente, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Am