BOPV nº 196 · 2021-09-30 · Cultura y Política Lingüística
RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2021, del Viceconsejero de Cultura, por la que se incoa y se somete a información pública y audiencia a las personas interesadas el expediente para la declaración de Bien Cultural de Protección Especial, con la categoría de Conjunto Monumental, a favor del complejo industrial de «La Naval», sito en Sestao (Bizkaia).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural. En ejercicio de la competencia asumida, se aprueba la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV). Vistos los valores culturales del complejo industrial de «La Naval», y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de la CAPV de Patrimonio Cultural Vasco, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de declaración como Bien Cultural de Protección Especial, con la categoría de Conjunto Monumental a favor del complejo industrial de «La Naval», sito en Sestao (Bizkaia), teniendo en cuenta la delimitación que se establece en el Anexo I de la presente Resolución, así como la descripción que figura en el Anexo II, el régimen particular de protección que se incorpora en el Anexo III y los listados de bienes culturales protegidos recogidos en el Anexo IV. La incoación de este expediente determinará respecto al complejo industrial de «La Naval» la aplicación inmediata y provisional del régimen particular de protección, así como del régimen común y específico previsto en la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco, para los bienes de Protección Especial. Segundo Abrir un período de información pública del expediente incoado para la declaración de Bien Cultural de Protección Especial, con la categoría de Conjunto Monumental, a favor del complejo industrial de «La Naval», sito en Sestao (Bizkaia) en base a la delimitación que figura en el Anexo I, teniendo en cuenta la descripción del Anexo II, estableciendo el régimen particular de protección que se incorpora como Anexo III y observando los listados de bienes culturales protegidos recogidos en el Anexo IV, para que durante el plazo de 20 días contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, tal y como como previenen los artículos 82 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de la CAPV de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la Calle Donostia-San Sebastián n.º 1 de Vitoria-Gasteiz. Tercero Hacer saber al Ayuntamiento de Sestao y a los Departamentos de Euskera, Cultura y Deporte y de Infraestructuras y Desarrollo Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia, que la incoación del presente procedimiento causa la suspensión para los bienes inmuebles del otorgamiento de las licencias de parcelación, edificación o demolición en las zonas protegidas, así como de los efectos de las ya otorgadas, en los términos establecidos en el régimen de protección