BOPV nº 195 · 2021-09-29 · Cultura y Política Lingüística
RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2021, del Director de HABE, por la que se convocan las subvenciones dirigidas a los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, para el curso 2021-2022, y se regulan las condiciones y el procedimiento para su concesión.
El Decreto 179/2003, de 22 de julio, que regula la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos, y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en el artículo 16 que HABE colaborará, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, en la financiación de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje de euskera inscritos en el Registro, por su labor de euskaldunización de personas adultas. A tal efecto, se dispone que el Director General de HABE realizará, cada curso académico, convocatorias de ayudas económicas. En tal sentido, la Orden de 18 de febrero de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2021-2024, prevé en el objetivo 6 del ámbito de actuación de Política Lingüística el fomento de la euskaldunización de personas adultas dentro de la acción «47130 subvenciones dirigidas a los euskaltegis públicos de titularidad municipal». Procede, por tanto, realizar la convocatoria dirigida a los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, para el curso 2021-2022, establecer los módulos de financiación a aplicar, y regular las condiciones y el procedimiento para la concesión de dichas ayudas. Por todo ello, en virtud de las facultades reconocidas por las mencionadas disposiciones y por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de HABE, y de conformidad con lo regulado por el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) y por su Reglamento aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, RESUELVO : Primero Convocar las subvenciones dirigidas a los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, para el curso 2021-2022, conforme al procedimiento y a las condiciones previstas en las bases reguladoras contenidas en los Anexos I y II de la presente Resolución, y al formulario recogido en su Anexo III. Segundo Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Donostia / San Sebastián, a 8 de septiembre de 2021. El Director de HABE, JOKIN AZKUE ARRASTOA. ANEXO I Base 1. Objeto y dotación económica. Es objeto de estas bases regular las condiciones y el procedimiento para la concesión de las ayudas económicas dirigidas a los euskaltegis públicos de titularidad municipal por la impartición de cursos de euskera durante el curs