BOPV nº 190 · 2021-09-22 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2021, de la Viceconsejera de Sostenibilidad Ambiental, por la que se concede autorización ambiental integrada a la instalación de tratamiento y revestimiento de piezas metálicas promovida por Sutra Coating, S.L., en el Polígono Industrial Ibur erreka n.º 41 de Zaldibar (Bizkaia).
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 16 de enero de 2020, Sutra Coating, S.L. presentó solicitud ante el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco para el inicio de la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto y el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco, como la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, para su instalación de tratamiento y revestimiento de piezas metálicas en el término municipal de Zaldibar (Bizkaia). Igualmente, se presenta informe del Ayuntamiento de Zaldibar, de 25 de enero de 2016, acreditativo de la compatibilidad urbanística de la actividad. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, se acordó someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Sutra Coating, S.L., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del País Vasco del 23 de octubre de 2020, y en el Tablón Electrónico de Anuncios del Gobierno Vasco desde el 26 de octubre al 4 de diciembre de 2020. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco solicitó el 14 de diciembre de 2020 informes a los Ayuntamientos de Zaldibar y Eibar, al Consorcio de Aguas de Gipuzkoa, al Departamento de Salud, al Departamento de Seguridad, a Ekologistak Martxan Bizkaia y a Recreativa Eguzkizaleak. Con fecha 7 de junio de 2021, en aplicación del artículo 20 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, el expediente fue puesto a disposición de Sutra Coating, S.L. Sutra Coating, S.L. no ha presentado alegaciones a la propuesta de Resolución. Se modifica la descripción de la actividad, respecto a la descripción que figura en la evaluación de impacto ambiental, a petición del promotor, para que la misma se ajuste mejor a la operativa actual de la planta. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, constituye el objeto de la misma evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrado de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del