BOPV nº 185 · 2021-09-16 · Trabajo y Empleo
RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2021, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena el depósito de la documentación del acuerdo de modificación de Estatutos y de los Estatutos de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi-Euskadiko Langile Komisioak (Cs de CC.OO. de Euskadi) y se da publicidad del mismo.
Visto el expediente incoado en esta Oficina Pública de Depósito de Estatutos de Organizaciones Sindicales y Empresariales, sobre depósito de la documentación relativa al acuerdo de modificación de Estatutos y los nuevos Estatutos de la Estatutos y de los Estatutos de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi-Euskadiko Langile Komisioak (Cs de CC.OO. de Euskadi) presentada por su representante, se ha dictado la siguiente Resolución en base a los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El día 30 de julio de 2021 se ha presentado la documentación por la que se solicita el depósito de la documentación relativa al acuerdo de modificación de Estatutos y de los Estatutos de la citada Confederación Sindical. Segundo La documentación presentada es conforme a lo establecido Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales y consta de instancia de solicitud de depósito, copia de la escritura pública de los acuerdos sociales adoptados por la referida Confederación y de los estatutos modificados, así como de la documentación acreditativa de la identidad de las personas firmantes. Tercero Su ámbito de actuación territorial es la Comunidad Autónoma del País Vasco, según se establece en el artículo 4.º de sus Estatutos. A los hechos relacionados le son de aplicación los siguientes: FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia para formalizar el depósito de Estatutos de Asociaciones Sindicales y Empresariales viene atribuida a este órgano por el artículo 10.1.m) del Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo. Segundo La normativa sustantiva aplicable en el presente procedimiento es la recogida en la Ley 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales. Tercero Analizada la documentación presentada a depósito se constata su adecuación a derecho y, en consecuencia, procede la admisión a depósito de la documentación relativa a la adopción de los acuerdos de modificación de Estatutos y de los Estatutos modificados de la referida Confederación Sindical, así como dar publicidad a este hecho. Vistos los fundamentos mencionados y las demás disposiciones de general aplicación, RESUELVO : Primero Ordenar el depósito de la documentación relativa a la adopción de los acuerdos de modificación de los Estatutos y de los Estatutos modificados de la Estatutos y de los Estatutos de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi-Euskadiko Langile Komisioak (Cs de CC.OO. de Euskadi) Segundo Ordenar la publicación de dicho depósito en el Boletín Oficial del País Vasco, en los términos previstos en el artículo 13 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales. Tercero La presente Resolución surtirá efectos desde el