BOPV nº 182 · 2021-09-13 · Planificación Territorial, Vivienda y Transportes

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2021, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de construcción de un viaducto para la supresión del paso a nivel de Euba (P.K. 25+387 línea Bilbao-Donostia)» y se convoca a sus titulares al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.

Mediante Resolución de fecha 4 de mayo de 2021, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, se aprobó el «Proyecto de construcción de un viaducto para la supresión del paso a nivel de Euba (p.k. 25+387 línea Bilbao-Donostia». El proyecto define las obras necesarias para la ejecución de un paso superior sobre la línea del ferrocarril para dar continuidad a la carretera BI-4337, que conecta los barrios de Euba y Bernagoitia. El proyecto tiene por objeto suprimir el paso a nivel con barreras existente en la citada carretera, en el que cruzan las vías de la línea Bilbao-Donostia a su paso por el barrio de Euba en el municipio de Amorebieta-Etxano y, de este modo, aumentar la seguridad de los usuarios. A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones. Mediante Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, se acordó iniciar el procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del proyecto y someter a información pública la relación del Anejo de expropiaciones, notificándose a las personas interesadas y publicándose el día 11 de junio de 2021 en el Boletín Oficial del País Vasco y el día 21 de junio en el Boletín Oficial de Bizkaia así como en los diarios «Correo Bizkaia» y «Deia». La citada relación de bienes y derechos quedó asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano. En este trámite se han presentado 4 escritos de alegaciones, las cuales han sido remitidas a los Servicios Técnicos a los efectos de adopción de medidas y tenidas en cuenta a efectos de rectificación de errores en su caso, remitiendo respuesta individualizada a todas ellas. Finalizado el plazo de información pública, se ha procedido a la confección definitiva de la relación de bienes y derechos afectados. Este órgano es competente para la tramitación de los expedientes de expropiación necesarios para la ejecución de las actuaciones en materia de infraestructura del transporte, según lo dispuesto en el artículo 16.2. c) del Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco. A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, la aprobación de proyectos de líneas ferroviarias, tramos de las mismas u otros elementos de la infraestructura ferroviaria o de modificación de las preexistentes que requiera la utilización de nuevos terrenos, supondrá, a efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados identificados en los mismos, la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la misma, declaración legal que faculta a la administrac

Publicación oficial en euskadi.eus

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