BOPV nº 180 · 2021-09-09 · Trabajo y Empleo
ORDEN de 1 de septiembre de 2021, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, por la que se realiza para el año 2021, la convocatoria de las ayudas previstas en el Decreto 191/2003, de 29 de julio, por el que se regula la concesión de subvenciones a las asociaciones empresariales y a organizaciones sindicales para el desarrollo de planes formativos dirigidos a mejorar la cualificación de sus recursos humanos en temas propios de sus ámbitos de actividad.
El Decreto 191/2003, de 29 de julio, por el que se regula la concesión de subvenciones a asociaciones empresariales y a organizaciones sindicales para el desarrollo de planes formativos dirigidos a mejorar la cualificación de sus recursos humanos en temas propios de sus ámbitos de actividad, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco núm. 169, de 1 de septiembre de 2003, tiene por objeto dar continuidad a las medidas de apoyo para la realización de actividades de carácter formativo dentro de los fines propios de organizaciones empresariales y sindicales iniciadas por el Departamento de Empleo y Políticas Sociales en el año 1996, con el Decreto 244/1996, de 29 de octubre. Mediante el mismo se establece un sistema de financiación pública dirigido a impulsar el fortalecimiento, la integración y la coherencia de los programas internos de formación de las organizaciones empresariales y sindicales, de cara a convertirlas en instrumentos idóneos para la cualificación de sus cuadros y personal, fomentando de este modo su contribución a la necesaria mejora de la situación sociolaboral. La citada norma subvencional tiene vigencia indefinida, si bien su artículo 9.3 establece que mediante Orden del/la Consejero/a de Justicia, Empleo y Seguridad Social, se realizará anualmente la convocatoria de las ayudas previstas en dicho Decreto, con expresión del plazo de presentación de las solicitudes y de la cuantía global máxima que vaya a destinarse a la financiación de las mismas, repartida entre las dos categorías de entidades beneficiarias. La presente convocatoria se ha seguido viendo condicionada por la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19. La Organización Mundial de la Salud elevo el 11 de marzo de 2020 la situación al nivel de pandemia internacional y a ello, se unieron otras alertas sanitarias a nivel territorial que evidenciaron la necesidad de adoptar medidas extraordinarias y urgentes que ayuden a la contención de la expansión del virus, a fin de poder responder con inmediatez a las diferentes situaciones de emergencia. Por lo que se refiere al año 2021, el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-Cov-2, y el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, que prorrogó el citado estado de alarma han supuesto, desde el 26 de octubre de 2020 hasta el 9 de mayo de 2021, el soporte normativo para limitar derechos fundamentales tales como la libertad de circulación de las personas y el derecho de reunión. En el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo de dicho marco normativo, las autoridades gubernativas y sanitarias del Gobierno Vasco han ido emitiendo diferentes normas para implantar medidas de contención y de prevención en el ámbito educativo y de la formación, así como en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y