BOPV nº 178 · 2021-09-07 · Educación
RESOLUCIÓN de 12 julio de 2021, de la Directora de Gestión de Personal, de delegación de competencias en los Delegados y Delegadas Territoriales de Gipuzkoa, Bizkaia y Álava del Departamento de Educación.
Según el artículo 10.2.k) del Decreto 71/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, corresponde a la Dirección de Gestión de Personal «la concesión de cuantas licencias y permisos pudieran corresponden a cada uno de los colectivos en función de los Acuerdos Reguladores y Convenios Colectivos aprobados». Por su parte, el apartado tercero de dicho artículo se indica que, «En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Gestión de Personal» y el artículo 23.1.i) del referido Decreto específicamente atribuye a las Delegaciones Territoriales la función de «La concesión por delegación de la Dirección de Gestión de Personal de las licencias y permisos no establecidos en el artículo 10 apartado 2.k)». La delegación de competencias se encuentra regulada en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que dispone lo siguiente: «1. Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquellas». Pues bien, en el momento actual, es inviable que la Dirección de Gestión de Personal pueda asumir la concesión de todos los permisos y licencias que existen a día de hoy para el colectivo funcionario docente no universitario, debido a la carga de trabajo y los recursos humanos y materiales que dispone. Es por ello que considera que la delegación de la concesión de ciertos permisos y licencias en las Delegaciones Territoriales en sus respetivos ámbitos territoriales y sus respectivos funcionarios no docentes y docentes no universitarios a cargo, va a contribuir a la mejora de la gestión del servicio de esta Dirección. Téngase en cuenta que hasta la actualidad eran las propias Delegaciones Territoriales quienes se venían encargando de la tramitación de determinados permisos y licencias, por lo que cuentan para esos específicos permisos y licencias con los recursos materiales, humanos y experiencia y conocimientos necesarios. Es por ello que, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 71/2021, y el ex. art. 9 Ley 40/15, RESUELVO : Delegar en los Delegados y Delegadas Territoriales de Guipúzcoa, Bizkaia y Álava del Departamento de Educación en sus respectivos ámbitos territoriales y para su respectivo personal funcionario no docente y docente no universitario a cargo, la competencia para la concesión de todos aquellos permisos y licencias no enumerados a continuación: Permiso para reducción de jornada por enfermedad; Licencia por ejercicio de funciones de representación sindical o del personal; Licencia por razón de violencia de género; Permiso para atender a familiares con enfermedad cróni