BOPV nº 178 · 2021-09-07 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2021, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se formula la Declaración Ambiental Estratégica del Plan Parcial del ámbito A.I.U. 45 Agiri Alai en Andoain.
ANTECEDENTES DE HECHO El Plan Parcial del del ámbito A.I.U. 45 Agiri Alai fue aprobado inicialmente por el pleno del Ayuntamiento de Andoain el 19 de julio de 2019. Mediante Resolución de 15 de junio de 2018 la entonces Dirección de Administración Ambiental formuló el informe ambiental estratégico y el documento de alcance del estudio ambiental estratégico del Plan Parcial del ámbito A.I.U. 45 Agiri Alai en Andoain. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y del artículo 12 del Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas, con fecha de 29 de julio de 2019 el Ayuntamiento de Andoain realizó el trámite de consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con el fin de que pudieran formular las observaciones y sugerencias que considerasen oportunas; en el trámite se recibieron varios informes de diferentes organismos. Simultáneamente, el Ayuntamiento de Andoain sometió el Plan Parcial al trámite de información pública durante un plazo mínimo de 45 días hábiles (BOG n.º 142 de fecha 26 de julio de 2019), a contar desde el día siguiente al de la publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre y del artículo 12 del Decreto 211/2012 de 16 de octubre, en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas. Con fecha de 12 de julio de 2021, el Ayuntamiento de Andoain completa la solicitud de declaración ambiental estratégica del Plan Parcial, de conformidad con lo dispuesto tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco, como en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre. La solicitud se acompaña de los siguientes documentos: Propuesta final del plan: Plan_Parcial_AIU45_Agiri_Alai_Andoain, que consta de varios anexos entre los que se encuentra el estudio de impacto ambiental estratégico. Estudio Ambiental Estratégico del Plan Parcial, fechado en enero de 2019. Copia literal de los informes recibidos en el trámite de consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas. Documento técnico sobre el resultado de los trámites de consulta y de información pública y de cómo se han tenido en cuenta en la elaboración del estudio ambiental estratégico. El Ayuntamiento de Andoain hace constar que, una vez culminados los trámites de información pública y audiencia, se han recibido diversas alegaciones y se han recibido varios informes con el resultado y contenido que consta en el expediente administrativo, y que dichos informes han sido tenidos en cuenta en la redacción de la versión definitiva del Plan Parcial. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, constituye el objeto de la misma establecer las bases que deben los planes que puedan tener efectos sign