BOPV nº 166 · 2021-08-20 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 49/2021, de 10 de agosto, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de concesión de subvenciones directas a los centros docentes con concierto educativo en vigor, para financiar los gastos adicionales derivados de la aplicación de determinadas medidas exigidas por los protocolos de prevención frente al COVID-19 en el curso académico 2021-2022.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 27 de julio de 2021, el Acuerdo de concesión de subvenciones directas a los centros docentes con concierto educativo en vigor, para financiar los gastos adicionales derivados de la aplicación de determinadas medidas exigidas por los protocolos de prevención frente al COVID-19 en el curso académico 2021-2022, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de concesión de subvenciones directas a los centros docentes con concierto educativo en vigor, para financiar los gastos adicionales derivados de la aplicación de determinadas medidas exigidas por los protocolos de prevención frente al COVID-19 en el curso académico 2021-2022, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 10 de agosto de 2021. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 49/2021, DE 10 DE AGOSTO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 27 DE JULIO DE 2021 DE CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A LOS CENTROS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO CON CONCIERTO EDUCATIVO VIGENTE, PARA GASTOS ADICIONALES DERIVADOS DE LA APLICACIÓN DE DETERMINADAS MEDIDAS EXIGIDAS POR LOS PROTOCOLOS DE PREVENCIÓN FRENTE AL COVID-19 EN EL CURSO ACADÉMICO 2021-2022 La Ley 2/2021, de 24 de junio, de medidas para la gestión de la pandemia de COVID-19, dispone que toda actividad educativa, de formación y de investigación presencial, con relación a las enseñanzas tanto de régimen general como especial, con inclusión de sus diversas etapas y niveles y de la educación superior, así como a aquellas actividades de aprendizaje que conlleven adquisición o incremento de las cualificaciones a lo largo de toda la vida, se desarrollará atendiendo a las reglas recogidas en el artículo 4 y en todo caso conforme al Protocolo general de actuación en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Euskadi frente al coronavirus (SARS-CoV-2) en el curso escolar 2020-2021 o normativa que lo sustituya, elaborado por el Departamento de Educación. Así, y en referencia al curso 2021-2022, con fecha 10 de junio de 2021 ha sido publicado en la web del Departamento de Educación el Protocolo General de Actuación en los Centros Educativos de la Comunidad Autónoma de Euskadi frente al COVID, que recoge las pautas y orientaciones para la organización de la actividad educativa con las necesarias garantías de seguridad y salud para el inicio del nuevo curso escolar. El mencionado Protocolo plantea un escenario de presencialidad en todas las enseñanzas y niveles educativos no universitarios, también con medidas de higiene, limitación de contactos, ventilación adecuada y uso de mascarilla, para un contexto epidemiológico más favorable del que se preveía para el 2020-2021. En el pasado curso 2020-20

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV