BOPV nº 163 · 2021-08-17 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2021, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital, por la que se hace pública la convocatoria de la Fase II, para el ejercicio 2021, de las ayudas a la Investigación Colaborativa en Áreas Estratégicas - Programa Elkartek.

La Orden de 9 de diciembre de 2016 de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras (BOPV n.º. 247, de 29 de diciembre de 2016), modificada por la Orden de 17 de diciembre de 2018 (BOPV n.º 248, de 27 de diciembre de 2018), regula el Programa de Ayudas a la Investigación Colaborativa en Áreas Estratégicas Programa Elkartek. De conformidad con lo establecido en el artículo 10.3 de la citada Orden reguladora, procede realizar la convocatoria de la Fase II, para la adjudicación de las ayudas a los proyectos previamente aprobados en la Fase I, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 10 de la Orden de referencia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución la convocatoria, para el ejercicio, 2021 de la Fase II, para la adjudicación de las ayudas a los proyectos previamente aprobados en la Fase I, convocada mediante Resolución de 9 de diciembre de 2020 de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad. La presente convocatoria se prevé en los artículos 6 y 10 de la Orden de 9 de diciembre de 2016 de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras reguladora del Programa de Ayudas a la Investigación Colaborativa en Áreas Estratégicas Programa Elkartek. Artículo 2 Recursos económicos. A la financiación de las ayudas objeto de la convocatoria, según los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021, se destinará un importe de cuarenta millones (40.000.000,00) de euros. Este importe podrá ser incrementado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas y con carácter previo a la resolución de las mismas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas de I+D+i del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. En tal caso se dará publicidad mediante la correspondiente resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital. Artículo 3 Requisitos. Para poder acceder a las ayudas objeto de convocatoria deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos, en relación con los proyectos y entidades solicitantes, en los artículos 3 y 18 de la Orden que regula el programa Elkartek. Artículo 4 Solicitudes: presentación y plazo. La solicitud deberá realizarse en los términos establecidos por el artículo 11 de la Orden de 9 de diciembre de 2016 de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras reguladora del Programa de Ayudas a la Investigación Colaborativa en áreas estratégicas Programa Elkartek. El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: https://www.euskadi.eus/servicios/1027108/ (castellano). https://www.euskadi.eus/zerbitzuak/1027108/ (euskera).

Publicación oficial en euskadi.eus

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