BOPV nº 155 · 2021-08-04 · Cultura y Política Lingüística
ORDEN de 20 de julio de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueba y convoca la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2021, a proyectos de mediación e innovación cultural y social (Convocatoria Bitartez).
De conformidad al Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, competen al Departamento de Cultura y Política Lingüística las funciones relativas a actividades artísticas y culturales, así como su difusión. El ejercicio de dichas funciones en los ámbitos de la música, artes escénicas, libro, audiovisual, artes visuales e industrias culturales y creativas le ha sido atribuido a la Dirección de Promoción de la Cultura a través del Decreto 73/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística. Dicha Dirección de Promoción de la Cultura estima oportuno arbitrar una línea específica de promoción que permita apoyar proyectos comprometidos con la investigación, la innovación y la contemporaneidad artística y que desde la mediación y el trabajo en red promuevan y desarrollen la colaboración entre diferentes, el talento, base del potencial creativo de nuestro entorno, la utilización de entornos de trabajo que amplíen los modos de colaboración, nuevas vías de relación con los públicos propiciando experiencias más significativas y en general iniciativas que desde las prácticas culturales planteen estrategias de innovación cultural y social. El Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014 sobre ayudas de estado a la cultura, declara determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO, L 187, de 26-06-2014). Una de las principales novedades de este Reglamento fue la ampliación de las categorías exentas de la obligación de notificación de las ayudas de estado prevista en el apartado 3 del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE). Entre las nuevas categorías se encuentran las ayudas a la cultura y a la conservación del patrimonio, y más concretamente a centros o espacios artísticos y culturales. Es por ello que las subvenciones objeto de esta Orden se acogerán al Reglamento general de exención n.º 651/2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Asimismo, la presente Orden se incluye en el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2021-2024, aprobado mediante Orden de 18 de febrero de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, y en el Plan Anual de Subvenciones para el año 2021 del Departamento de Cultura y Política Lingüística, aprobado igualmente mediante la Orden de 18 de febrero de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística. Existe crédito suficiente y adecuado para proveer la presente convocatoria por aplicación de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 20