BOPV nº 152 · 2021-07-30 · HABE
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 7 de julio de 2021, del Director de HABE, por la que se regula el procedimiento y condiciones para la concesión de subvenciones a alumnos y alumnas que hayan superado, en el euskaltegi o centro homologado de autoaprendizaje del euskera, la prueba de evaluación de dominio de la lengua o hayan acreditado un nivel de euskera de HABE o equivalente durante el curso 2020-2021 y se realiza la convocatoria correspondiente.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la secretaría del Gobierno y Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 7 de julio de 2021, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 138, de 14 de julio de 2021, se procede a su corrección: En la página 2021/3988 (13/3), en el apartado 1.2 de la Base segunda del Anexo I, donde dice: Haber estado matriculada en un euskaltegi o centro homologado de autoaprendizaje del euskera inscrito en el registro de HABE en el período comprendido entre el 1 de junio de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y haber abonado directamente al euskaltegi o centro de autoaprendizaje los precios de matrícula correspondientes. debe decir: Haber estado matriculada en un euskaltegi o centro homologado de autoaprendizaje del euskera inscrito en el registro de HABE en el período comprendido entre el 1 de junio de 2020 y el 31 de agosto de 2021 y haber abonado directamente al euskaltegi o centro de autoaprendizaje los precios de matrícula correspondientes.