BOPV nº 152 · 2021-07-30 · Gobernanza Pública y Autogobierno
DECRETO 187/2021, de 27 de julio, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera y a personal laboral de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma. Este Decreto, ha sido objeto de diversas modificaciones, en concreto: Decreto 167/2011, de 19 de julio y Decreto 113/2018, de 24 de julio, referidos a puestos de personal laboral del Departamento de Educación. Decretos 105/2007, de 26 de junio y 79/2019, de 21 de mayo, que modifican las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal funcionario y personal laboral, respectivamente, derivadas de los procesos de Análisis Funcionales de ambos colectivos. Decreto 166/2015, de 8 de septiembre, por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. El Decreto 127/2019, de 30 de julio, aprueba la subrogación por parte del Organismo Autónomo Lanbide (Euskal Enplegu Zerbitzua-Servicio Vasco de Empleo) del personal de Hobetuz (Fundación Vasca para la Formación Profesional Continua / Langileen Prestakuntzarako Euskal Fundazioa) y establece la obligación de dar inicio a la modificación de la relación de puestos de trabajo y la creación de nuevas dotaciones de personal, al efecto de la incorporación de este personal en la estructura organizativa del Organismo Autónomo Lanbide (Euskal Enplegu Zerbitzua-Servicio Vasco de Empleo). Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 18 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 27 de julio de 2021, DISPONGO : Artículo primero Aprobar las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal funcionario, que se contienen en los Anexos I y II al presente Decreto, aprobadas mediante Decreto 105/2007, de 26 de junio, de modificación del Decreto 226/1997, de 14 de octubre. Artículo segundo Aprobar las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal laboral, que se contienen en el Anexo III al presente Decreto, aprobadas mediante Decreto 79/2019, de 21 de mayo, de modificación del Decreto 226/1997, de 14 de octubre. Artículo tercero Aprobar las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal laboral del Departamento de Educación, que se contienen en el Anexo IV al presente Decreto, aprobadas mediante Decretos 167/2011, de 19 de julio y 113/2018, de 24 de julio, de modificación del Decreto 226/1997, de 14 de octubre. DISPOSICIONES ADICIONALES Primera Los