BOPV nº 146 · 2021-07-23 · Educación
ORDEN de 13 de julio de 2021, del Consejero de Educación, por la que se convocan becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios para el curso académico 2021-2022.
El Estatuto de Autonomía aprobado por la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, establece en su artículo 16 que, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional primera de la Constitución, es de la competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio del artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que lo desarrollen, de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30 de la Constitución y de la Alta Inspección necesaria para su cumplimiento y garantía. Asimismo, el derecho a la educación y a la libertad de enseñanza asiste a toda la ciudadanía, y es obligación de los poderes públicos arbitrar medidas dirigidas a compensar las limitaciones o desequilibrios existentes para acceder a la educación en situación de igualdad. Por todo ello, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; y de conformidad con la legislación vigente en materia de subvenciones recogida en el Título VI y en el Capítulo III del Título VII del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre y en Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto convocar y aprobar, para el curso académico 2021-2022, las bases de las siguientes becas y ayudas al estudio de nivel inferior, y no equivalente, a grado universitario, dirigidas a estudiantes de las siguientes enseñanzas del sistema educativo: a) Becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, y Enseñanzas elementales de música y danza para el curso académico 2021-2022, conforme a las bases contenidas en el Capítulo I de esta Orden. b) Becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles de Enseñanzas postobligatorias no universitarias para el curso académico 2021-2022, conforme a las bases contenidas en el Capítulo II de esta Orden. Los artículos referidos al procedimiento común de aplicación a las becas y ayudas objeto de esta Orden se recogen en el Capítulo III. Artículo 2 Crédito disponible. A este fin se destinará la cantidad de 60.000.000 de euros con cargo a las partidas presupuestarias establecidas al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Los citados importes podrán ser incrementados en caso de que fuera necesario teniendo en cuenta la cuantía que supongan las solicitudes con propuesta de concesión pendientes de resolver, previo a la resolución de aquellas. De tal circunstancia se dará publicidad mediante resolución del V