BOPV nº 144 · 2021-07-21 · Trabajo y Empleo

ORDEN de 13 de julio de 2021, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, por la que se convocan y regulan las ayudas para la intercooperación empresarial en la Economía Social.

La doctrina aplicada en el ámbito de la economía social reconoce que la intercooperación entre empresas de economía social constituye uno de los valores identitarios de este tipo de sociedades, haciendo suyo el sexto principio cooperativo. La presente Orden pretende impulsar y apoyar el establecimiento de alianzas empresariales, en base a las dos motivaciones intrínsecas que la explican: por una parte, la solidaridad y ayuda mutua entre empresas comprometidas éticamente con la sociedad en la que se desenvuelven; por otra, la exploración y obtención de beneficios económicos como consecuencia de la realización de negocios en cooperación directa entre empresas de economía social. Para el presente ejercicio se mantienen como subvencionables los estudios que investiguen campos para la realización de trabajos en común, así como su materialización en organizaciones nuevas que las realicen. Se han regularizado las actividades referidas a las estructuras empresariales y se ha introducido como novedad el estímulo de la confluencia de sinergias empresariales en el área de la sostenibilidad y el medio ambiente. Se lanza una nueva línea de ayudas por la incorporación de personas socias en nuevas empresas de intercooperación creadas tras la fusión de entidades de economía social. En ejercicios anteriores se había apoyado con recursos públicos algunas fusiones concretas, especialmente en el sector agro-alimentario. Analizados los resultados conseguidos, la Dirección de Economía Social ha decidido apostar por la consolidación de este tipo de subvención. En consecuencia, habiéndose aprobado Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021, comprobada la existencia de crédito presupuestario suficiente para financiar la convocatoria y oído el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, de acuerdo a las competencias que me atribuye el Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es la regulación y convocatoria de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Empleo, podrá otorgar, durante el ejercicio 2021 para la realización de acciones de intercooperación empresarial por entidades de Economía Social. Artículo 2 Actividades Subvencionables. Las ayudas previstas en la presente Orden tendrán la consideración de subvenciones cuyos gastos irán dirigidos a financiar las siguientes actuaciones: a) La elaboración de un proyecto de intercooperación y su implantación. Se considerarán como tales, los relativos a la posibilidad y viabilidad de la realización de acuerdos de intercooperación referentes, entre otros aspectos, al establecimiento de mecanismos de colaboración en materia de compra-venta de bienes y servicios, de diseño en común de estrategias para la innovación, la disminución de coste y la mejora de la cal

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV