BOPV nº 125 · 2021-06-25 · Planificación Territorial, Vivienda y Transportes
ORDEN de 8 de junio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establece un programa de ayudas para sistemas de nuevas tecnologías y de seguridad en el sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La implantación de sistemas de nuevas tecnologías, tales como sistemas de localización y gestión de flotas, conectados a un centro de control y gestión, y de elementos de seguridad en los vehículos destinados al transporte público de mercancías y personas viajeras, así como la instalación de cinturones de seguridad y de dispositivos de retención en los vehículos destinados a la prestación de servicios de transporte escolar y de menores, tiene por objeto lograr una mayor seguridad, calidad, transparencia y agilidad en la prestación del servicio; por un lado es positivo para la empresa transportista, que moderniza el servicio con prestaciones de última generación y por otro lado es beneficioso cara a la persona usuaria que obtiene un servicio superior en calidad, transparencia y seguridad. Los actuales avances tecnológicos permiten un incremento de los niveles de calidad y seguridad, ya que existen en el mercado sistemas de gestión, localización, control, comunicaciones y de seguridad de última tecnología, que permiten una mayor eficacia tanto en la gestión de flotas como en la seguridad. Este programa de apoyos está contemplado en el Plan Estratégico de Subvenciones, aprobado por Orden del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes y que puede ser consultado en la sede electrónica www.euskadi.eus. Por lo tanto, es una actuación que se enmarca dentro de los objetivos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco de avanzar hacia un Transporte Sostenible, potenciar la modernización del sector del transporte público de mercancías y personas viajeras, mediante la mejora en la calidad del servicio que se presta a las personas usuarias. Asimismo, se pretende la mejora de los sistemas de gestión y comercialización en el sector que favorezcan la transparencia en la prestación del servicio. Según los créditos autorizados por la Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021, la presente convocatoria de ayudas cuenta con suficiente cobertura presupuestaria. Con el fin de facilitar a la ciudadanía sus relaciones con la Administración y de mejorar la eficiencia administrativa interna en la gestión de las ayudas, se ha desarrollado la tramitación telemática del procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo que se ha recogido de forma conveniente en la presente Orden. Estas ayudas están sujetas al Reglamento (CE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis (DOUE L 352/1, de 24-12-2013), así como a sus modificaciones posteriores. En su virtud y en ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 4.1 del Decreto 11/2021, de 19 de enero, de estructura orgánica y funcional del De