BOPV nº 121 · 2021-06-21 · Seguridad
RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2021, del Viceconsejero de Seguridad, de nueva convocatoria del proceso para la concesión de menciones honoríficas en el ámbito de la seguridad privada en Euskadi, correspondientes al año 2020.
El Decreto 207/2014, de 21 de octubre, de regulación del ejercicio de competencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de seguridad privada, en su artículo 11, contempla la posibilidad de que el personal de seguridad privada que sobresalga en el cumplimiento de sus obligaciones pueda ser distinguido con menciones honoríficas por el Departamento de Seguridad, menciones honoríficas que se otorgarán teniendo en cuenta la especial peligrosidad, penosidad, iniciativa profesional o trascendencia social de los actos meritorios y que podrán concederse de oficio o a iniciativa de particulares, de las empresas a las que pertenezca el personal, o de otras entidades relacionadas con la seguridad privada. La concesión de tales menciones honoríficas corresponde al Viceconsejero de Seguridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.3.h) del Decreto 6/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad. El procedimiento para la concesión de estas menciones se ha desarrollado mediante Orden de la Consejera de Seguridad, de 1 de marzo de 2016, sobre concesión de menciones honoríficas en el ámbito de la seguridad privada de Euskadi, en la cual, se contempla la concesión de condecoraciones y distinciones honoríficas al personal de seguridad privada, diplomas a las empresas de seguridad privada y placas de honor a las personas físicas, a las instituciones, corporaciones, entidades o establecimientos públicos o privados. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Orden de la Consejera de Seguridad, de 1 de marzo de 2016, mediante la Resolución de 15 de enero de 2021, del Viceconsejero de Seguridad, se convocó el proceso para la concesión de las menciones honoríficas en el ámbito de la seguridad privada en Euskadi, correspondientes al año 2020. Mediante el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, se declaró el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, posteriormente, prorrogado por el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, de tal forma que el estado de alarma se extendió desde las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021, fecha posterior a la finalización de la convocatoria anterior. Tras finalizar la prórroga del estado de alarma, se hace necesaria una nueva convocatoria, y ello, debido a la situación vivida durante ese periodo, que ha provocado que las personas o entidades a quien iba dirigida la convocatoria efectuada mediante la Resolución del 15 de enero de 2021, del Viceconsejero de Seguridad, no hayan podido desarrollar su actividad ordinaria, impidiéndoles acceder a esa convocatoria en condiciones de normalidad. Además, hay que tener en cuenta que, al no estar sometida la concesión de las menciones honorificas a ningún límite cuantitativo ni a números clausus, en ninguna modalidad, ni su concesión se realiza mediante concurrencia competitiva, esta nueva convocatoria no