BOPV nº 112 · 2021-06-09 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 26/2021, de 21 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio suscrito entre la Tesorería General de la Seguridad Social, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través del Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, y Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, sobre intercambio recíproco de información.

Habiéndose suscrito por la Tesorería General de la Seguridad Social y la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través del Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco y Lanbide-Servicio Vasco de Empleo el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio suscrito entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través del Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, y Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, para el intercambio recíproco de información, que se recoge como anexo a la presente Resolución. En Vitoria-Gasteiz, a 21 de mayo de 2021. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 26/2021, DE 21 DE MAYO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO ENTRE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI, A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO DEL GOBIERNO VASCO, Y LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO, SOBRE INTERCAMBIO RECÍPROCO DE INFORMACIÓN REUNIDOS : De una parte, la Tesorería General de la Seguridad Social, representada por su titular, el Sr. Director General, D. Andrés Harto Martínez, nombrado mediante Real Decreto 132/2020, de 21 de enero (BOE de 22 de enero), actuando en virtud de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 1 y 3 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social. Y de otra parte, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, representada por la Vicepresidenta Segunda, Consejera de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, Dña. Idoia Mendia Cueva, nombrada mediante Decreto 21/2020, de 7 de septiembre (BOPV de 8 de septiembre), y Presidenta de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo actuando en nombre y representación del mismo de conformidad con el artículo 5 de los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, aprobados por Decreto 82/2012, de 22 de mayo y facultada para este acto por Acuerdo de Consejo de Gobierno del 20 de abril de 2021. Las partes se reconocen con capacidad suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal efecto EXPONEN: Primero 1. La Tesorería General de la Seguridad Social es un Servicio Común de la Seguridad Social con personalidad jurídica propia en el que, por aplicación de los principios de solidaridad financiera y caja única, se unifican todos los recursos financieros, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias, teniendo a su cargo la custodia de los fondos, valores y créditos y las atenciones generales y de los servicios de recaudación de derechos y pagos de las obligaciones del sistema de l

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