BOPV nº 111 · 2021-06-08 · Educación
ORDEN de 18 de mayo de 2021, del Consejero de Educación, por la que se convoca a los centros concertados de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la CAPV, para solicitar la realización de proyectos de actuación que les permita abordar la coeducación, la prevención y la detección precoz de la violencia contra las mujeres de manera global, sistemática e integrada durante los cursos 2021-2022 y 2022-2023 (L2. Educación Inclusiva y Atención a la Diversidad).
El Departamento de Educación quiere promover un proceso de transformación de un modelo de escuela mixta a un modelo de escuela coeducativa que contribuya a prevenir la violencia de contra las mujeres y cualquier manifestación de violencia en cuyo origen está el sexismo. Para ello, en cumplimiento de la disposición adicional quinta del Decreto 236/2015, de 22 de diciembre por el que se establece el currículo de Educación Básica y se implanta en la Comunidad Autónoma del País Vasco, se aprueba el Plan de Mejora del sistema educativo de la Comunidad Autónoma del País Vasco basado en la equidad hacia la excelencia que establece como una de sus líneas estratégicas la «educación inclusiva y atención a la diversidad». Con el «II Plan de Coeducación para el sistema educativo vasco, en el camino hacia la igualdad y el buen trato (2019-2023)», el Departamento de Educación del Gobierno Vasco ofrece al Sistema Educativo Vasco y más en concreto a las etapas Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria la oportunidad de seguir dando pasos en el camino anteriormente iniciado hacia la escuela coeducativa. Entre los objetivos de dichos planes se encuentra: impulsar que los centros incorporen la perspectiva de género en su cultura, políticas y prácticas, contando con los diferentes agentes de la comunidad escolar. La violencia contra las mujeres es la máxima consecuencia de un sistema basado en el sexismo y en la desigualdad de mujeres y hombres. La escuela puede contribuir a la transformación de relaciones de poder entre el alumnado realizando los cambios necesarios para asegurar unas relaciones igualitarias que respeten la diversidad de identidades existentes y permita el desarrollo personal tanto de las alumnas como de los alumnos. La Ley 4/2005 de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres, amplía y profundiza en este fin, y en su artículo 28 insta al sistema educativo al desarrollo de un modelo coeducativo. En concreto señala que: Las políticas públicas educativas deben ir dirigidas a conseguir un modelo educativo basado en el desarrollo integral de la persona al margen de los estereotipos y roles en función de sexo, el rechazo de toda forma de discriminación y la garantía de una orientación académica y profesional no sesgada por el género. Por ello se potenciará la igualdad real de mujeres y hombres en todas sus dimensiones: curricular, organizativa y otras. En relación con el currículo, la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres, recoge en su artículo 29 que la Administración educativa incentivará la realización de proyectos coeducativos e integrará en el diseño y desarrollo curricular de todas las áreas de conocimiento y disciplinas de las diferentes etapas educativas objetivos coeducativos. La situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ha trastocado el normal funcionamiento de los centros escolares y, en particular, afectó de manera importante al cumplimiento de los proyectos y programas