BOPV nº 106 · 2021-06-01 · Economía y Hacienda
ORDEN de 6 de mayo de 2021, del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero de Educación, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Educación.
De conformidad con el apartado primero del artículo 8 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, los órganos de contratación estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas. En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Mesa de contratación será potestativa para el órgano de contratación. Por otra parte, el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 8 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, señala que, si la designación de los miembros de la Mesa de contratación se hiciera con carácter permanente, o si se le atribuyeran funciones para una pluralidad de contratos, su composición se establecerá por Orden conjunta del o de la titular del departamento competente en materia de Contratación y del o de la titular del departamento correspondiente o al que se encuentre adscrita la entidad, y se publicará en el en el Boletín Oficial del País Vasco. La reestructuración de Departamentos del Gobierno Vasco, operada en virtud del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, hace necesaria la reconfiguración de la Mesa o Mesas de Contratación que asistan a los órganos de contratación del Departamento de Educación, adecuándolas al ámbito de las competencias que actualmente ostenta. En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, DISPONEMOS: Artículo 1 Los órganos de contratación del Departamento de Educación estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una Mesa de Contratación, que ejercerá las funciones del artículo 9 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y estará constituida por los siguientes miembros: a) Presidencia: Responsable del Área de Contratación del Departamento. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad u otra causa legal, será sustituido, indistintamente, por el o la Responsable del Servicio de Gestión Económica Presupuestaria, el o la Responsable de Obras, Instalaciones y Mantenimiento, y/o el o la Responsable de Sistemas de Información. b) Vocales: Una persona en representación de la Dirección demandante de la contratación, propuesta por la persona titular de la misma y nombrada por el órgano de contratación. Una persona en representación de la Oficina de Control Económico, designada por la persona titular de la misma. Una persona en representación