BOPV nº 105 · 2021-05-31 · Osakidetza-Servicio vasco de salud
RESOLUCIÓN 291/2021, de 25 de mayo, del Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Uribe, por la que se corrigen errores en la Resolución 146/2021, de 6 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe/a de Unidad de Atención Primaria de Alango en la Organización Sanitaria Integrada Uribe de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
El artículo 18.2 c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango. Advertido error de dicha índole en la Base 1. Requisitos de participación, apartados c) y d), de la Resolución 146/2021, de 6 de mayo, del Director Gerente de la OSI Uribe, RESUELVO : Primero Proceder a la corrección del número de la resolución, en el sentido siguiente: Donde dice: RESOLUCIÓN 146/2021, de 6 de mayo, del Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Uribe, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe/a de Unidad de atención primaria de Alango en la Organización Sanitaria Integrada Uribe de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Debe decir: RESOLUCIÓN 246/2021, de 6 de mayo, del Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Uribe, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe/a de Unidad de atención primaria de Alango en la Organización Sanitaria Integrada Uribe de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Segundo Proceder a la corrección de la Base 1. Requisitos de participación, apartados c) y d), en este sentido: Donde dice: c) Perfil lingüístico Perfil lingüístico 2. d) Experiencia profesional mínima de 4 años de experiencia en el desempeño de tareas propias de los Grupos A1/B1. Debe decir: c) Experiencia profesional mínima de 4 años en el desempeño de tareas propias de los Grupos A1/B1. Tercero Publicar la presente Resolución en la página web de Osakidetza y en el BOPV. Cuarto Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV. En Urduliz, a 25 de mayo de 2021. El Director Gerente de la OSI Uribe. PD (Resolución 170/2021, de 30 de marzo). La Directora de Personas de la OSI Uribe, IANIRE LAMIKIZ MOREIRA.