BOPV nº 103 · 2021-05-27 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2021, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de actividad del campo e instalaciones del Real Club de Golf de Zarautz (Gipuzkoa).

ANTECEDENTES DE HECHO Mediante resolución del director de Administración Ambiental de fecha 26 de marzo de 2018 se emitió el documento de alcance del estudio de impacto ambiental del proyecto de actividad del campo e instalaciones del Real Club de Golf en Zarautz. Con fecha 18 de julio de 2020, el Ayuntamiento de Zarautz sometió al trámite de información pública el proyecto de actividad del campo e instalaciones del Real Club de Golf de Zarautz, y su estudio de impacto ambiental y su correspondiente estudio de impacto ambiental, conforme a lo indicado en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimarán oportunas. El anuncio correspondiente a este trámite se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 135 de 17 de julio de 2020. Una vez culminado el trámite de información pública, el Ayuntamiento de Zarautz señala que no se han recibido alegaciones. Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 37 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con fecha 13 de julio de 2020 el Ayuntamiento de Zarautz consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas. Una vez culminado este trámite, el Ayuntamiento de Zarautz señala que se han recibido varios informes con el contenido que obra en el expediente administrativo y hace constar que se han tenido en consideración en el estudio de impacto ambiental y que no ha sido necesaria su modificación. Con fecha 31 de marzo de 2021, el Ayuntamiento de Zarautz completa la solicitud para la emisión de la declaración de impacto ambiental, ante la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco, relativa al proyecto de actividad del campo e instalaciones del Real Club de Golf de Zarautz. La solicitud contiene la siguiente documentación: Proyecto de actividad del Real Club de Golf de Zarautz, de fecha diciembre de 2016. Estudio de impacto ambiental del proyecto de actividad del real Club de Golf de Zarautz, de fecha mayo de 2019. Documento de asesoramiento para usos no agrarios. Plan de trabajo para usos no agrarios. Anexo al plan de trabajo. Productos a utilizar en caso necesario. Documentación relativa al resultado de la información pública efectuada. Documentación relativa al resultado del trámite de consultas a las Administraciones Públicas afectadas, incluida la copia literal de las respuestas recibidas. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, constituye el objeto de la misma establecer las bases que deben regir la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando un elevado nivel de protección ambiental con el fin de promover un desarrollo sostenible. Igualmente, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente, las evaluaciones de

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