BOPV nº 103 · 2021-05-27 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2021, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la formación de las personas empleadas en las Administraciones Locales y las Administraciones Forales de la Comunidad Autónoma.
El Decreto 289/2010, de 9 de noviembre, aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 28 de octubre de 2010, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ejecución de la legislación laboral en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación profesional para el empleo, que realiza el Servicio Público de Empleo Estatal, en los términos establecidos por el Real Decreto 1441/2010, de 5 de noviembre. La Ley 16/1983, de 27 de julio, sobre «Régimen jurídico del Instituto Vasco de Administración Pública» establece, entre los fines de este, «La formación y el perfeccionamiento de los funcionarios y contratados de la Administración Autónoma de Euskadi, o que cualquier otra Administración Pública o el ordenamiento jurídico pudiere encomendarle». Igualmente establece entre sus fines el «Fomentar la colaboración con los Territorios Históricos, Municipios y demás Entidades de la Administración Local de Euskadi en la formación y perfeccionamiento de su personal». La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, que desarrolla dicha Ley, contienen normas de carácter básico sobre el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las Administraciones públicas. El Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, regula en el Título VI el régimen de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Como viene ocurriendo en las leyes de presupuestos desde el año 2012, la Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021, contiene partidas para financiar la formación de las personas empleadas en las diferentes Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Estas partidas tienen su reflejo en el presupuesto del Instituto Vasco de Administración Pública, que, entre otras, contiene asignaciones específicas para los siguientes fines: Planes formación administración foral (sección 43, programa 1216, Servicio 02, subconcepto 42100, partida 001) y Formación administración local (sección 43, programa 1216, Servicio 02, subconcepto 42201, partida 001). La Disposición Adicional Novena de la Ley 1/2021 establece Los créditos que para la formación para el empleo de las personas empleadas en las administraciones públicas vascas figuran en los presupuestos del organismo autónomo IVAP serán gestionados por este a través de las convocatorias correspondientes. La presente convocatoria se enmarca dentro del vigente Plan Estratégico de Subvenciones del año 2021 del Instituto Vasco de Administración Pública, y tiene como objetivo fomentar y afianzar el establecimiento de planes o programas de formación, sustentados en un análisis o diagnóstico previo de las necesidades formativas a realizar en cada entidad. En el ejerci