BOPV nº 91 · 2021-05-11 · Turismo, Comercio y Consumo

ORDEN de 29 de abril de 2021, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regulan y convocan las ayudas destinadas a la Comercialización Turística y a la Promoción (Programa CTP), para el año 2021.

El área de turismo del Gobierno Vasco sigue teniendo como objetivo situar a Euskadi como modelo de crecimiento turístico basado en la sostenibilidad, en la calidad y en la diversidad de nuestros destinos, productos y recursos turísticos. Obviamente, la crisis originada por el COVID-19, ha frenado el crecimiento del turismo en el ámbito mundial y Euskadi se ha visto igualmente afectada. La capacidad de respuesta a esta crisis sin precedentes lleva consigo la toma de medidas que ayuden a mitigar su impacto en el sector turístico y a garantizar la recuperación del turismo. Estas medidas se verán reflejadas en la Estrategia Vasca de Turismo Sostenible 2030 que, junto al Plan Estratégico de Turismo Sostenible 2021-2025, incorpore un escenario a corto plazo para responder a la situación de crisis causada por la pandemia y que, a medio y largo plazo, apueste por convertir a Euskadi en un destino turístico seguro, sostenible, responsable, inteligente, de excelencia y competitivo. Así las cosas, y a través del presente programa subvencional, se quiere impulsar el relanzamiento de la actividad turística con el apoyo al diseño y puesta en marcha de productos turísticos de Euskadi, su promoción y comercialización, así como impulsar aquellos eventos que contribuyan a proyectar la marca turística «Euskadi Basque Country» y consolidar el posicionamiento de Euskadi como destino turístico seguro, en el contexto generado por la COVID-19, estableciéndose para ello los siguientes objetivos: Apoyar a las empresas del sector turístico en el desarrollo de productos turísticos y su comercialización, además de fomentar el espíritu emprendedor y la cultura de la innovación. Impulsar la excelencia en la oferta turística, vinculada a la diversificación de los destinos y su singularidad, así como el posicionamiento del turismo de Euskadi, a través del apoyo a eventos que contribuyan a consolidar la imagen y el posicionamiento turístico de Euskadi. Desde el punto de vista competencial, la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo, en su artículo 5.1 e), atribuye a la Administración turística de Euskadi la competencia para adoptar las medidas adecuadas para el fomento y promoción de la oferta turística, en coordinación con otras Administraciones y organismos, señalando en su artículo 5.2 que la ejecución de dicha competencia corresponde al órgano del Gobierno Vasco competente en materia de turismo. De acuerdo a la actual estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.1.a) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, las competencias en materia de turismo corresponden al Departamento de Turismo, Comercio y Consumo. De conformidad con lo previsto en el artículo 51.2 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV