BOPV nº 88 · 2021-05-07 · Cultura y Política Lingüística
RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2021, del Director de Actividad Física y Deporte, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Esquí Náutico.
A la vista de la redacción de la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Esquí Náutico inscrita en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco el 21 de mayo de 1987 con el número 139. Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Esquí Náutico, celebrada el 29 de enero de 2021, aprobó la modificación de los artículos de los Estatutos de la Federación y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente. Se considera que la modificación de los Estatutos es conforme con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero, de Federaciones Deportivas de Euskadi, y de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte de Euskadi. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen RESUELVO : Primero Aprobar en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la inscripción de los Estatutos de la Federación Vasca de Esquí Náutico. Segundo Notifíquese en el plazo legal establecido. Tercero Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Cuarto Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En Vitoria-Gasteiz, a 13 de abril de 2021. El Director de Actividad Física y Deporte, JON REDONDO LERTXUNDI. ESTATUTOS FEDERACIÓN VASCA DE ESQUÍ NÁUTICO Y MOTONÁUTICA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 La Federación Vasca de Esquí Náutico y Motonáutica es la entidad privada sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, que reúne a deportistas, técnicas y técnicos, juezas y jueces, clubes y agrupaciones deportivas para la práctica, promoción y organización de la modalidad de Esquí Náutico y Motonáutica en la Comunidad Autónoma del País Vasco. La modalidad deportiva se compone de las siguientes disciplinas: Motonáutica. Esquí náutico. Artículo 2 La Federación Vasca de Esquí Náutico y Motonáutica se rige por la Ley 14/1998 de 11 de junio, del Deporte del País Vasco; por el Decreto 16/2006, de 31 de enero, de federaciones deportivas del País Vasco, y demás disposiciones de desarrollo de la Ley; por los presentes estatutos y reglamentos específicos y por los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos propios. Artículo 3 La Federación Vasca de Esquí Náutico y Motonáutica tiene su domicilio en la Avenida de los Chopos, s/n 1.ª Planta (Edificio CPT) de Getxo C.P. 48991. Territorio Histórico de Bizkaia. Artículo 4 La Federación Vasca de Esquí Náutico y Motonáutica impulsa, califica, autoriza, ordena y organiza las actividades y competiciones oficiales de la modalidad deportiva en el ámbito autonómico. Artículo 5 La Federación Vasca de Esquí Náutico y Motonáutica ostenta