BOPV nº 75 · 2021-04-19 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2021, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación de un centro de transformación en el centro de comunicaciones de Jaizkibel, promovido por Itelazpi, S.A., en el término municipal de Pasaia.

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 28 de agosto de 2020, el Ayuntamiento de Pasaia sometió al trámite de información pública el proyecto de instalación de un centro de transformación en el centro de comunicaciones de Jaizkibel, promovido por Itelazpi, S.A. en el término municipal de Pasaia, y su correspondiente estudio de impacto ambiental, conforme a lo indicado en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimarán oportunas. El anuncio correspondiente a este trámite se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 176, de 15 de septiembre de 2020. Una vez culminado el trámite de información pública, el Ayuntamiento de Pasaia hace constar que no se ha recibido ninguna alegación. Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 37 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el Ayuntamiento de Pasaia consultó a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con el resultado que obra en el expediente. Con fecha 9 de febrero de 2021, el Ayuntamiento de Pasaia completa la solicitud para la emisión de la declaración de impacto ambiental, ante la entonces Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco, relativa al proyecto de instalación de un centro de transformación en el centro de comunicaciones de Jaizkibel, promovido por Itelazpi, S.A., en el término municipal de Pasaia. La solicitud contiene la siguiente documentación: Proyecto de instalación de un centro de transformación en el centro de comunicaciones de Jaizkibel de Gobierno Vasco, promovido por Itelazpi, S.A., de fecha octubre de 2018. Estudio de impacto ambiental del proyecto de instalación de un centro de transformación en el centro de comunicaciones de Jaizkibel de Gobierno Vasco, promovido por Itelazpi, S.A., de fecha marzo de 2019, actualizado en enero de 2021. Documentación relativa al resultado de la información pública efectuada. Documentación relativa al resultado del trámite de consultas a las Administraciones Públicas afectadas, incluida la copia literal de los informes recibidos. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, constituye el objeto de la misma establecer las bases que deben regir la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando un elevado nivel de protección ambiental con el fin de promover un desarrollo sostenible. Igualmente, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente, las evaluaciones de impacto ambiental garantizarán de forma adecuada, entre otros objetivos, que se introduzca en las primeras fases del proceso de planificación, y en orden a la elección de las alternativas más adecuadas, el análisis relativo a las repercusiones sobre el medio ambiente teniendo en cuenta los efectos acumulativos y sinér

Publicación oficial en euskadi.eus

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