BOPV nº 69 · 2021-04-09 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

ORDEN de 24 de marzo de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se convocan para el ejercicio 2021, las ayudas a la creación, adaptación o equipamiento de inmuebles destinados a ser alojamiento para el personal temporero que preste servicios en el sector agrario, previstas en el Decreto 45/2020, de 24 de marzo.

El Decreto 45/2020, de 24 de marzo, de ayudas a la creación, adaptación o equipamiento de inmuebles destinados a ser alojamiento para el personal temporero que preste servicios en el sector agrario, tiene por objeto regular el régimen de ayudas a los alojamientos destinados a personas que prestan servicios de temporada en explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El artículo 8 dispone que anualmente, mediante Orden, se abrirá el plazo de presentación de solicitudes. Dicha orden contendrá: el plazo de inicio de presentación de solicitudes, la dotación global máxima destinada a atender las precitadas ayudas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la aprobación de los modelos de solicitud, las especificaciones sobre cómo tramitar las solicitudes, declaraciones responsables, justificaciones y demás modelos, la cuantía máxima de la ayuda para la construcción y, en su caso, la adquisición de inmuebles, la baremacion de las puntaciones asignadas a los subcriterios de valoración y su equivalencia en porcentaje de ayuda, según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 10 del precitado decreto, el plazo de ejecución de las inversiones y gastos, la determinación de la documentación a presentar, de entre la prevista para cada tipo de acciones a subvencionar, en función de los criterios objetivos utilizados en cada convocatoria, y, la realización de pagos parciales en la convocatoria. Por todo lo cual, existiendo en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobados por la Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021, disponibilidad de un crédito de pago destinado a la financiación de estas ayudas y teniendo en cuenta la normativa sobre subvenciones de aplicación en la Comunidad Autónoma de Euskadi, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Orden convocar, para el ejercicio 2021, las ayudas previstas en el Decreto 45/2020, de 24 de marzo, de ayudas a la creación, adaptación o equipamiento de inmuebles destinados a ser alojamiento para el personal temporero que preste servicios en el sector agrario. Segundo Plazo de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes para acceder a la convocatoria de ayudas previstas en el Decreto 45/2020, de 24 de marzo, se inicia el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará con el agotamiento total de los fondos, dando publicidad a esta circunstancia mediante Resolución de la Directora de Desarrollo Rural y Litoral, que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, o hasta el 15 de noviembre del presente ejercicio. Mediante la presente Orden se aprueba el modelo de solicitud que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: https://www.euskadi.eus/servicios/1013808 y que se publica como a

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